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Nueva carga a empresas: Massa impulsa un Impuesto a las Ganancias mínimo de 15% a pymes

Con la excusa de debates de la OCDE a multinacionales, Massa crea un impuesto sin descontar pérdidas para empresas, incluyendo pymes
05/10/2023 - 09:24hs
Nueva carga a empresas: Massa impulsa un Impuesto a las Ganancias mínimo de 15% a pymes

El ministro de Economía y candidato presidencial Sergio Massa empieza a mostrar cómo financiará el ajuste cuando terminen las elecciones y el Plan Platita. Ya impulsa en el Congreso un impuesto para que las empresas paguen un piso del 15% de su utilidad contable anual.

De este modo, se elimina la tributación sobre la utilidad neta del período para empresas pymes tramo 2 y grandes compañías.

La AFIP ya estableció la semana pasada un anticipo del Impuesto a las Ganancias del 15% a 101 empresas del sector financiero y bancario para financiar el nuevo IFE de $94.000.

En qué consiste el proyecto de Massa del impuesto mínimo de 15%

El proyecto de Massa propone lo siguiente:

  • Las sociedades con ingresos brutos equivalentes a Medianas Empresas Tramo 2 deberán ingresar una suma equivalente al 15% de la ganancia contable que surja del balance comercial correspondiente al período fiscal de que se trate" en el plazo que establezca la AFIP.
  • Este impuesto mínimo se tomará como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias del período, pero el importe no compensado una vez efectuado el cómputo del pago a cuenta, no podrá ser traslado a los períodos fiscales siguientes, ni podrá ser objeto, bajo ninguna circunstancia, de compensación con otros gravámenes a cargo del contribuyente o de solicitudes de reintegro o transferencia a favor de tercero.
Massa impulsa un Impuesto a las Ganancias mínimo para pymes y grandes empresas
Massa impulsa un Impuesto a las Ganancias mínimo para pymes y grandes empresas

Actualmente las pymes trama 2 son 489 y pagan alícuotas del Impuesto a las Ganancias de 25%, 30 y 35% dependiendo de la ganancia neta acumulable, de la que se deducen pérdidas y quebrantos acumulados de años anteriores. Con el proyecto de Massa, se establece una tributación mínima, en forma independiente de la realidad económica de la empresa.

Massa basa su proyecto en debates en OCDE y el G20 sobre un posible impuesto mínimo global del 15% a las multinacionales y los gigantes digitales a las firmas tecnológicas, no a las pymes como se propone en Argentina.

El proyecto de ley fue presentado la semana pasada en la Cámara de Diputados por el legislador Marcelo Casaretto (Frente de Todos), y Massa pretende que se trate junto con el Presupuesto 2024, después del 22 de octubre.

Qué pymes pagarán el impuesto mínimo de 15% en la práctica

"Los sujetos obligados al nuevo tributo son aquellos cuyas ventas anuales ajustadas por inflación del período que se analice, supere el parámetro de ventas correspondientes a las Pymes tramo 2", precisa Alberto Mastandrea, socio de BDO Argentina.

"Esto implica que queden obligadas al pago de este impuesto mínimo también pymes tramo 1. Esto es así, toda vez que para la categorización como pyme se considera el promedio de las ventas históricas de los 3 últimos años, mientras que el proyecto obliga a firmas que obtengas ese nivel de ventas, pero ajustadas por inflación", aclara.

Las pymes se categorizan por ventas históricas y el nuevo impuesto por ventas actualizadas por inflación
Las pymes se categorizan por ventas históricas y el nuevo impuesto por ventas actualizadas por inflación

"El impuesto mínimo prescinde de la estructura del gravamen al que se intenta desacoplar, desconociendo, entre otros aspectos, los quebrantos acumulados que las Compañías obligadas pudieran mantener", puntualiza, y agrega:

  • No prevé exenciones ni ajustes a la utilidad contable, motivo por generará los siguientes prejuicios, afirma Mastandrea:
  • Doble imposición, entre otros supuestos, cuando tanto las filiales operativas como la sociedad holding estén radicadas en Argentina.
  • Desconocer regímenes de promoción, tal como el que resulta de aplicación cuando las compañías invierten en SGRs.
  • Anular institutos que tienen por objeto promover la reinversión de utilidades, como la venta y reemplazo.

Para Mastrandrea, este proyecto merece unan "tacha de inconstitucional por prescindir de la verdadera capacidad contributiva de los alcanzados", y además, "se discute en un contexto en el que la presión tributaria ya se encuentra en niveles inusitados".