Bienes Personales 2023: cuánto es el beneficio y las alícuotas para el buen cumplidor

El Senado elevó los beneficios para contribuyente cumplidor y en 2023 estos contribuyentes tendrán alícuotas inferiores que el resto
03/06/2024 - 11:57hs
Bienes Personales 2023: cuánto es el beneficio y las alícuotas para el buen cumplidor

El dictamen del Senado del proyecto fiscal modificó el beneficio para el contribuyente buen cumplidor del Impuesto sobre los Bienes Personales desde esta declaración jurada que se presentará en los próximos meses por el ejercicio 2023.

Qué se aprobó para el buen cumplidor de Bienes Personales

Para el período fiscal 2023 que se declarará en los próximos meses luego del anuncio de una prórroga por parte de AFIP, el proyecto sube el mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales a $100 millones, y el de la casa habitación a $350 millones.

Al respecto, Fernando López Chiesa, del estudio Lisicki, Litvin & Asoc, comenta que este mínimo no imponible se equipara al que regía cuando fue creado el Impuesto sobre los Bienes Personales, en 1991, cuando se pagaba desde $100.000 que equivalían a u$s100.000.

El dictamen del proyecto fiscal mantiene las alícuotas máximas de la media sanción de Impuesto sobre los Bienes Personales, de 1,5% en 2023 a 0,25% en 2027, pero acepta elevarlas un 20% para quienes adhirieron al blanqueo.

En tanto, para el beneficio que se otorga a contribuyentes cumplidores, se subió lo que se resta de la alícuota general en un 0,5% para los períodos 2023, 2024 y 2025.

Para poder ser considerado contribuyente cumplidor, se debe haber presentado las declaraciones juradas e ingresado el impuesto antes del 31 de diciembre 2023, de los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022.

El proyecto fiscal establece un beneficio en las alícuotas 2023 de Bienes Personales
El proyecto fiscal establece un beneficio en las alícuotas 2023 de Bienes Personales

Cómo quedan las tablas de Bienes Personales 2023

Para las contribuyentes del régimen general, el Impuesto sobre los Bienes Personales 2023, la diferencia entre el mínimo no imponible y $13.688.707,13 se paga una alícuota de 0,5%, y, en cambio, para los contribuyentes cumplidores, esa tasa inicial es 0%.

Recién para el excedente hasta $29.658.858,97, se paga un monto fijo de $68.443,52 y en el régimen general, más una tasa de 0,75%, el contribuyente cumplidor comienza a pagar el Impuesto sobre los Bienes Personales con una alícuota de 0,25%.

En el tramo hasta un excedente de $82.135.224,82, el monto fijo es de $188.219,68. En el régimen general, la alícuota que se suma es de 1% y para los contribuyentes cumplidores, de 0,5%.

Hasta un excedente de $456.290.137,84, el monto fijo que se paga es de $712.953,34 más una alícuota de 1,25% en el régimen general, y de 0,75% para contribuyentes cumplidores.

Por último, para que tengan bienes por $456.290.137,84 en adelante, el monto fijo es de $5.389.927,25 y la alícuota que se aplica que 1,5% en el régimen general, y de 1% para los contribuyentes cumplidores.

Todos estos valores no incluyen la casa habitación, dado que está exenta hasta $350 millones.

Para los contribuyentes que ingresen al blanqueo, las alícuotas 2023 se elevan y quedan establecidas entre 0,6% y 1,8%.

Las alícuotas difieren entre el régimen general, los buenos cumplidores y quienes fueron al blanqueo
Las alícuotas difieren entre el régimen general, los buenos cumplidores y quienes fueron al blanqueo

Cómo siguen las alícuotas para los años consecutivos

Para 2024, las tablas de alícuotas quedan como sigue:

  • Régimen general: 0,5% a 1,25%.
  • Contribuyente cumplidor: 0% hasta 0,75%
  • Blanqueo: 0,6% a 1,50%.

Para 2025, las alícuotas del Impuesto sobre los Bienes Personales son las siguientes:

  • Régimen general: 0,5% a 1%.
  • Contribuyente cumplidor: 0% a 0,5%.
  • Blanqueo: 0,6% a 1,2%.

Para el año 2026, se pagará Bienes Personales con las siguientes alícuotas:

  • Régimen general: 0,5% a 0,75%.
  • Contribuyente cumplidor: 0% a 0,5%.
  • Blanqueo: 0,6% a 0,9%.

En el caso del período 2027, las alícuotas son 0,25% para el régimen general y los contribuyentes cumplidores, mientras que quienes hayan ingresado al blanqueo tributarán 0,3%.

Cómo es el régimen de pago anticipado

Por otro lado, se crea un régimen de pago adelantado por 5 años en Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP).

Este régimen especial consiste en pagar por adelantado los períodos fiscales que van desde 2023 hasta 2027. Se determinará el impuesto considerando los bienes valuados y existentes al 31 de diciembre 2023, y a esa base se le aplicará la alícuota del 0,45% y se multiplicará por 5.

Esto genera la liberación de presentar declaraciones juradas, anticipos y cualquier obligación vinculada con el impuesto por los próximos 5 períodos fiscales.

Asimismo, se prevé un régimen de estabilidad fiscal para que quienes adhieran a esta opción no puedan sufrir incrementos en su carga tributaria por impuestos patrimoniales, ante eventuales modificaciones, en los próximos años, advierte.

Si el contribuyente que ingreso en el blanqueo de capitales que también propone el proyecto de medidas fiscales del Gobierno, la tasa del régimen de adelanto será de 0,5% y, en caso contrario, de 0,45%.

De esta manera, el dictamen del Senado establece alícuotas que habrá que tener en cuenta en las próximas declaraciones juradas por el período 2023, tanto para el régimen general como para los contribuyentes cumplidores y quienes ingresen al blanqueo.

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