Bienes Personales: el fisco avaló la valuación de automotores
Oficialmente, las autoridades de la AFIP salieron a dar aclaraciones sobre las nuevas valuaciones de los automotores.
En este sentido, y de cara a los próximos vencimientos del impuesto por el año fiscal 2006, señalaron que la ley 23.966, en su Capítulo VI, referido al Impuesto sobre los Bienes Personales, dispone que la AFIP debe contar con el asesoramiento de la Superintendencia de Seguros de la Nación para elaborar la tabla que establece los importes mínimos computables de los automotores.
Así, cada año el organismo de recaudación "solicita la valuación de esos bienes a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios. Luego de que esa dirección envía la información requerida, la AFIP le pide a la Superintendencia de Seguros de la Nación su asesoramiento en esta materia".
De esta manera, indicaron, los valores de automotores, motocicletas y motos consignados en la resolución general que dicta la AFIP reflejan la información proporcionada y avalada, respectivamente, por los organismos mencionados.
© infobaeprofesional.com