Comienza el reempadronamiento de autónomos
Desde hoy, con el cambio de mes, arranca el reempadronamiento de los trabajadores autónomos en base a las nuevas categorías que estará abierto hasta el 15 de agosto.
Dentro de la página de la AFIP puede encontrarse el simulador en dos versiones: para trabajadores autónomos inscriptos hasta el 31 de diciembre de 2006 o en enero y febrero de 2007.
Luego de que se redujeran de quince a cinco las categorías a las cuales pueden adherir los trabajadores independiente, el reempadronamiento de autónomos ahora busca lograr al mismo tiempo simplificar el pago y la categorización de los trabajadores independientes ante el organismo y depurar el actual padrón que incluye cerca de 2 M de registros.
Cambios
El nuevo esquema modifica radicalmente el actual vigente fundado en criterios de clasificación por actividad y antigí¼edad, para remitirse básicamente a los ingresos mensuales reales de los aportantes, y estipulando a su vez una especie de sub-rubro fundamentado en las actividades desarrolladas.

Cada una de las 5 categorías aportará según la cantidad de Módulos Previsionales (MOPRE) que se le asignan. Teniendo en cuenta que este dato remite a la base de cálculo de la cuota, podría decirse que es un elemento secundario para ser tenido en consideración.
Sin embargo, como la mensualidad se fija en MOPRE, una modificación en el valor de éste implicará automáticamente un cambio en la cuota a pagar. A efectos de determinar la nueva situación ante el fisco nacional, se detalla continuación, el nuevo esquema de categorías:
Categoría I. Aporte mensual de $128
- Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20 mil. Comerciantes con ingresos anuales hasta $25 mil. Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).
Categoría II. Aporte mensual de $179,20
- Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los $20 mil. Comerciantes con ingresos anuales superiores a $25 mil.
Categoría III. Aporte mensual de $256
- Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos anuales inferiores o iguales a $15.000
Categoría IV. Aporte mensual de $409,60
- Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.
Categoría V. Aporte mensual de $563,20
- Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los $30.000.
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