• 10/3/2025

ARCA: cuáles son los requisitos para la reducción de alícuotas de retenciones a la soja

Reglamentan la declaración jurada e información del Banco Central para gozar de la baja de retenciones para la soja y otros productos del agro
28/01/2025 - 08:46hs
ARCA ex AFIP: requisitos de reducción de alícuotas de retenciones a la soja

ARCA reglamentó la baja de las retenciones para la soja y derivados, así como otros granos, con el pedido de declaraciones juradas e información del Banco Central nuevas para la exportación de estos granos, cuyo incumplimiento puede producir que haya que pagar los derechos de exportación sin reducir.

La Resolución General 5643/2025 ARCA, publicada en el Suplemento del Boletín Oficial del 27 de noviembre, reglamentó obligaciones de comercio exterior de productos agropecuarios y agroindustriales, para que puedan gozar de la reducción de alícuotas de los derechos de exportación

Los productos alcanzados por el beneficio  de reducción de alícuotas son soja, trigo, cebada, maíz, sorgo y derivados.

La reducción de las retenciones establece que estos derechos irán del 26 al 5,5%, según los productos de que se trate, mientras que los valores anteriores iban de 33 al 7%.

Qué dice la reglamentación de las retenciones

1. Se pide una declaración jurada ratificando los requisitos y condiciones, así como su consentimiento expreso.

En tal sentido, la Resolución dice que, al momento de registrar la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) en el Sistema Informático Malvina (SIM), el declarante deberá validar afirmativamente el siguiente texto:

"Declaro que al menos el 95% de las divisas correspondientes a la presente declaración serán liquidadas dentro de 15 días hábiles desde su aprobación, accediendo así al beneficio de reducción arancelaria dispuesto por el Decreto 38/25".

La liquidación de divisas respecto de esas mercaderías deberá efectuarse en un plazo comprendido entre la entrada en vigencia del Decreto 38/25 y hasta 15 días hábiles de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente, ya sea por cobros de exportaciones, anticipos de liquidación y/o supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación externa.

2. Para la liquidación divisas anticipada, ARCA tendrá en cuenta información de cumplimiento del BCRA.

Ante un incumplimiento: ARCA procederá a la exclusión del exportador del tratamiento diferencial de reducción alícuota, y se aplicarán las retenciones anteriores.

Cómo jugará la información del Banco Central

La Resolución que reglamenta las retenciones dice lo siguiente:

ARCA efectuará los controles vinculados al cumplimiento de la obligación de liquidar divisas, sobre la base de la información que transmitirá el Banco Central a través de los mecanismos sistémicos que se establezcan al efecto.

Ante el incumplimiento de la obligación de liquidar las divisas, se excluirá al exportador del tratamiento para percibir la reducción de la alícuota de los derechos de exportación.

Esta situación será regularizada una vez que el exportador integre en su totalidad los derechos de exportación que correspondan según la posición arancelaria que se trate, aplicando la alícuota vigente al día anterior a la entrada en vigencia del Decreto 38/25.

Cuáles son los requisitos y condiciones de la alícuota reducida

Registro: mediante la declaración jurada de ventas al exterior (DJVE).

Liquidación anticipada mínima de 95% de las divisas: plazo 15 días hábiles entre 27/01/2025 y DJVE.

Cuando se liquiden al menos el 95% de las divisas respecto de esas mercaderías, en tanto se vinculen con registraciones de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior. (DJVE), dentro de los 15 días hábiles de efectuada dicha declaración.

Divisas: provenientes de cobros de exportaciones, anticipos de liquidación y/o supuestos de prefinanciación y/o post financiación externa.

Plazo de la reducción de alícuota: hasta 30/6/2025.

Vigencia: 27/01/2025.

Así ARCA reglamentó los requisitos y condiciones para la reducción de alícuotas de derechos de exportación para la soja y otros productos agropecuarios y agroindustriales.

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