• 4/12/2025
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La Corte Suprema salva a socios de pagar una indemnización laboral por responsabilidad solidaria

Una sentencia de la Corte Suprema rechaza la responsabilidad de directores de una sociedad en el pago de créditos laborales por responsabilidad solidaria
11/07/2025 - 07:01hs
La Corte Suprema salva a socios de pagar una indemnización laboral por responsabilidad solidaria

La Corte Suprema de Justicia rechazó la extensión de la responsabilidad de los directores de una sociedad por el pago de créditos laborales si no se demuestra mal desempeño, en otro enfrentamiento con los criterios laxos de los jueces laborales respecto de leyes que terminan perjudicando a las empresas.

El fallo "Oviedo", en el que falló la Corte Suprema en su acuerdo de este jueves, delimita con claridad los alcances de la responsabilidad personal de los directores de sociedades anónimas, reivindicando la doctrina de la separación patrimonial entre sociedad y administradores, y estableciendo una doctrina restrictiva que exige pruebas claras de mala conducta o negligencia, indica Guillermo Osorio, del estudio Marval, O'Farrell & Mairal

Este criterio ofrece mayor previsibilidad para los órganos de administración y desalienta decisiones de jueces laborales basadas en presunciones genéricas o automatismos que comprometan su patrimonio, explica.

Es un nuevo intento de la Corte por sentar doctrina en materia laboral, campo en el cual viene enfrentando mucha resistencia, como se ha visto en cuestiones de actualización de créditos laborales o en los propios antecedentes relativos a la extensión de la responsabilidad en forma solidaria, afirma.

Qué dice el fallo que defiende a los directores

La Corte Suprema de Justicia falló en la causa "Oviedo, Javier Darío c/ Telecom Argentina S.A. y otros s/ despido", rechazando la extensión de la responsabilidad solidaria de los socios respecto del pago de los créditos laborales, revocando así la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había hecho extensiva la condena a los socios de la sociedad demandada, señala el abogado experto en materia laboral Lucas Tamagno.

La pretensión del trabajador por créditos salariales e indemnizaciones por despido había tenido acogida favorable en primera y segunda instancia, habiéndose condenado en forma solidaria a Telecom Argentina S.A. y dos empresas intermediarias (interpuestas fraudulentamente para ocultar el carácter de empleador de la sociedad), como así también a tres personas que habían presidido o integrado el directorio de Telecom, precisa Nicolás Scalone, de MGI Jebsen & Co.

Tamagno considera:

  • El Máximo Tribunal sostuvo y ratificó la independencia de la sociedad respecto de sus administradores, alegando que se trata de personas diferentes y la independencia de los socios respecto de la sociedad constituye uno de los pilares del derecho societario que los jueces no pueden ignorar.
  • Enfatizó que la responsabilidad personal a los miembros del directorio de una sociedad anónima debe estar debidamente justificada y verificada, de donde se pueda comprobar que incurrieron en un mal desempeño de sus cargos por no actuar con la diligencia propia de un buen hombre de negocios.
  • Puntualizó que no se puede extender la responsabilidad a directores sin verificar que estos hayan participado de manera activa y a sabiendas en el incumplimiento que se les asigna, principio de primacía de la realidad que en materia de derecho laboral muchas veces se omite cuando se demanda al administrador.

Qué analiza la Corte sobre grandes empresas

La Corte Suprema realizó un análisis mayor y manifiesta que cuando se trata de empresas de gran envergadura, definiendo a las mismas como a aquellas empresas que cuentan con gran cantidad de personal, significativo capital accionario, diversidad de funciones y descentralización administrativa y territorial, "es indudable que los directores no pueden revisar personalmente todas las decisiones que se adoptan en la marcha ordinaria de los negocios", relata Tamagno, y remarca: 

Esto es por demás clarificador, ya que muchas veces en el fuero laboral se solicita la extensión de responsabilidad y la misma se aplica sin valor la conducta específica de cada uno de los imputados solidarios, haciendo uso de reglas genéricas.

Por ello la Corte con gran acierto sostiene que para atribuirles la responsabilidad solidaria que contempla la ley de sociedades, la Cámara partió de la premisa de que los directores "han obrado con pleno conocimiento de la naturaleza de la relación" y "con la deliberada intención de no registrar el vínculo con el actor" acudiendo a una intermediación fraudulenta. Pero no explicó en modo alguno en qué circunstancias comprobadas de la causa basaba sus conclusiones.

En tal sentido, la sentencia dictada en segunda instancia fue descalificada por la Corte debido a que en la misma no se explicó en qué circunstancias de la causa se basaba la consideración de que los directores habían participado en forma directa en la gestión de negocios empresariales que dieron lugar a la contratación del actor a través de empresas intermediarias, ni cómo habían tenido pleno conocimiento de la relación habida con el actor y decidido no registrarla, advierte Scalone.

Asimismo, el Máximo Tribunsl fundó su decisión en que la sentencia se basó en consideraciones dogmáticas y no analizó los planteos defensivos relativos a que en empresas del tamaño de Telecom Argentina S.A. los directores se limitan a marcar las políticas de la empresa e instruir a la línea gerencial para que las ejecute y vigile su cumplimiento, subraya.

Como bien dice la Corte en este fallo es evidente que en empresas de gran envergadura los socios o directores no participan de todos los actos de la sociedad ni puede pretender que se controle qué sucede con cada una de las relaciones laborales que pudieran existir, y menos aún cuando se trata de situaciones de contratistas, subraya Tamagno.

Por ello, con este fallo, la Corte Suprema aporta claridad y orden a un proceso judicial laboral que muchas veces los jueces utilizan de una forma extensiva que se aleja de lo que persigue la norma. Sería interesante que el Alto Tribunal se avoque a cuestiones de fondo que tiene para resolver, incluso, con el tema de la tasa de interés que tanto debate y efectos distorsivos genera, concluye Tamagno.

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