Reforma laboral: cambian para siempre la huelga y los delegados en una propuesta empresaria a Milei
Un grupo de empresarios presenta una reforma laboral que cambia para siempre el mecanismo de la huelga encubierta mediante la realización de asambleas en el lugar de trabajo, así como la cantidad de delegados dentro de la empresa.
La Cámara de Industriales Metalúrgicos y de Componentes de Córdoba (CIMCC) está presentando una propuesta de reforma laboral que harán llegar al presidente Javier Milei, a través del Consejo de Mayo, que prevé erradicar las Asambleas gremiales en los lugares de trabajo y reducir fuertemente la cantidad de delegados por empresa.
"La Ley de Asociaciones Sindicales quedó anacrónica y castiga a las empresas más chicas. Sin afectar la representación gremial ni quitar derechos o bajar salarios, tenemos que lograr que las empresas sean más competitivas desde adentro y afuera", explicó a iProfesional Gastón Utrera, director del Centro de Estudios para la Producción Metalúrgica y responsable de la reforma laboral de CIMCC.
"Si se afecta el costo del proceso productivo con asambleas en el lugar de trabajo y un exceso de delegados, se afecta el empleo", enfatizó.
Un documento de trabajo elaborado por el Centro de Estudios para la Producción Metalúrgica propone una reforma de la normativa sobre delegados gremiales en Argentina, debido al impacto de las tecnologías de comunicación modernas en la necesidad y eficacia de la representación sindical.
El problema de las huelgas encubiertas
La legislación actual sobre asambleas, sancionada en 1988, no contemplaba las tecnologías de comunicación actuales, como teléfonos móviles, WhatsApp) computadoras personales o correos electrónicos. En aquel contexto, la comunicación cara a cara era esencial, lo que justificaba una gran cantidad de delegados.
Actualmente, el contexto es totalmente diferente. Los trabajadores disponen de celulares y aplicaciones como WhatsApp, que permiten una organización eficiente y en tiempo real para diversos fines, desde eventos sociales hasta manifestaciones masivas.
En cualquier lugar del mundo, la organización de movilizaciones sindicales se realiza por WhatsApp, no cara a cara.
Las asambleas en horario laboral son "paros encubiertos" innecesarios dados los medios de comunicación disponibles.
Por estos motivos, se promueve prohibir la realización de asambleas en horarios y/o lugares que interrumpan o perjudiquen el proceso productivo.
El conflicto con el exceso de delegados
El documento sostiene que la elevada cantidad de delegados gremiales genera una importante pérdida de productividad y competitividad. Esto se debe tanto a los incentivos que la inmunidad legal otorga a sus decisiones como trabajadores, como al tiempo que pueden dedicar a la actividad gremial en detrimento de sus tareas laborales.
- Dos delegados gremiales en una empresa de solo 10 trabajadores (con dos turnos) tienen un impacto muy grande en la competitividad.
- Cuatro delegados gremiales en una empresa de solo 51 trabajadores también generan un gran impacto.
Esta situación genera la necesidad de reducir la cantidad de delegados gremiales exigida. El objetivo es aumentar la calidad de la representación gremial, no reducirla, y reducir el costo de los procesos productivos en beneficio de trabajadores y empresarios.
El documento también sugiere que una cantidad excesiva de delegados puede implicar una peor comunicación y generar intereses individuales no alineados con los intereses de los trabajadores.
Considera que la duración de los mandatos y la posibilidad de reelección son cuestiones a analizar.
Por otra parte, las recomendaciones de la OIT sobre los derechos de los delegados muestran que atenta contra la productividad que el número sea excesivo.
Esas recomendaciones exigen lo siguiente a favor de los delegados:
- Tiempo libre para tareas de representación, sin pérdida de salario ni prestaciones, con límites razonables.
- Tiempo libre para asistir a reuniones, cursos, seminarios y conferencias sindicales.
Qué reforma legal se propone
El documento propone dos modificaciones concretas a la Ley de Asociaciones Sindicales:
Reforma del Artículo 45
Se cambia la frase "el número mínimo" a "el número máximo" de representantes.
Nuevas cantidades propuestas
- De 50 a 100 trabajadores: 1 representante.
- De 101 en adelante: 1 representante más cada 200 trabajadores que excedan de 100, sumando el anterior.
- Estas cantidades serían independientes de la cantidad de turnos de trabajo.
Incorporación del Artículo 43 bis
Este nuevo artículo establecería que los delegados "no podrán organizar, promover ni convocar a asambleas o cualquier tipo de reunión con trabajadores en horario laboral o en lugares que interrumpan la actividad productiva o la afecten negativamente".
En resumen, la propuesta busca modernizar la regulación de los delegados gremiales en Argentina, alineándola con las capacidades de comunicación actuales para mejorar la productividad y competitividad sin menoscabar la calidad de la representación sindical.