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ALERTA

Cómo disminuir los impuestos a pagar para aumentar la rentabilidad del negocio

Medidas respecto a IVA, Ganancias y anticipos, así como beneficios para exportadores, permiten disminuir los impuestos a pagar que pesan sobre los negocios
20/08/2025 - 09:48hs
Cómo bajar los impuestos a pagar para asegurar el negocio

La realidad económica y financiera de nuestro país hace que día a día deban evaluarse las diferentes variables que impactan en la rentabilidad de los diferentes negocios y emprendimientos. Una de las que tiene un peso significativo es el pago de impuestos.

El contador Diego Mastragostino comenta para Tributum.news las siguientes medidas que pueden tomar las empresas para disminuir la carga impositiva.

Tratamiento de las retenciones de IVA

¿Cuándo puedo computar retenciones sufridas en el mes del vencimiento?

Las retenciones de IVA sufridas serán computadas en la declaración jurada del período fiscal en el que se practicó la retención o, con carácter de excepción, en la que corresponda presentar al primer vencimiento que opere con posterioridad a dicha retención, siempre que el respectivo hecho imponible se hubiera verificado en un período fiscal anterior.

Por ejemplo, si el día 11 de septiembre nuestro cliente nos abona una factura que, conforme el nacimiento del hecho imponible de la operación, se declaró en un período fiscal anterior a septiembre, se podrá computar el IVA en la declaración jurada del mes de agosto, cuyo vencimiento comienza a operar a partir del 18 de septiembre.

Previsiones para la mora en las cobranzas

¿Cómo evito retenciones de Impuesto a las Ganancias?

En muchas oportunidades y por diferentes causas se genera un desfasaje significativo entre el momento de la venta y el de la cobranza. Por consiguiente, debe tenerse presente que una vez presentada la declaración jurada de Impuesto a las Ganancias, pueden evitarse las retenciones vinculadas a ventas que fueron incluidas en tal declaración.

A tal fin, debe advertirse al cliente la situación, ya que no corresponde efectuar la retención, siempre que se informe tal circunstancia al agente de retención mediante nota, cuya copia deberán conservarse —intervenida por el referido agente— como constancia de la entrega.

En consecuencia, es clave la relación entre el departamento de cobranzas y el de impuestos para la gestión eficiente de créditos tributarios. Una "simple nota" puede hacer la diferencia.

Retenciones de Impuesto a las Ganancias

¿Cómo computarlas en el período finalizado cuando fueron sufridas con posterioridad al cierre del ejercicio?

En muchas ocasiones, por cuestiones de simplificación administrativa, se computan las retenciones cuya fecha responde al ejercicio fiscal contra el Impuesto a las Ganancias determinado. Es decir, no se analizan aquellas que se generan por operaciones devengadas en el período, pero son que sufridas con posterioridad al cierre del ejercicio.

Con el fin de reducir la carga fiscal, por un lado, y los anticipos a ingresar del período fiscal siguiente, por el otro, resulta importante tener en cuenta lo comentado anteriormente.

Además, en Preguntas Frecuentes, ARCA respondió a la siguiente pregunta: ¿Una empresa puede computar a cuenta del Impuesto a las Ganancias determinado en la declaración jurada de un ejercicio, las retenciones sufridas con posterioridad a la fecha de cierre, que se refieren a operaciones originadas en dicho ejercicio?

"Tratándose de rentas atribuibles impositivamente a dicho período fiscal finalizado, podrá detraerse del total del impuesto que se determine, las retenciones sufridas por hechos gravados, independientemente que la retención se haya practicado una vez finalizado el período fiscal que se liquida".

Reducción de anticipos de Impuesto a las Ganancias

Diferentes causas relacionadas con el giro del negocio y la determinación del impuesto hacen necesaria la evaluación periódica del importe a ingresar en concepto de anticipos. Por tal motivo, a continuación, se analizan las condiciones para efectuar la solicitud de reducción de anticipos del Impuesto a las Ganancias:

Oportunidad para ejercer la opción

  • Personas humanas: desde el tercer anticipo.
  • Sociedades: desde el quinto anticipo.

Excepción: puede ejercerse desde el primer anticipo si se proyecta una diferencia mayor al 40% respecto del impuesto definitivo estimado.

Requisitos

  • CUIT activa.
  • Domicilio fiscal electrónico constituido.
  • No haber presentado otra solicitud para el mismo impuesto y período en los últimos 90 días.
  • No registrar falta de presentaciones de declaraciones juradas determinativas o informativas de Ganancias desde enero del año anterior.

Procedimiento general

  • Ingreso a "Cuentas Tributarias": "Reducción de anticipos".
  • Se informa base proyectada: emite F. 1154 como acuse.

Impacta en la totalidad de los anticipos del período.

Procedimiento especial

Para bases de cálculo mayor a $150 millones y reducción proyectada mayor a10% de esa base, se presenta por Presentaciones Digitales: trámite "Solicitud de reducción de anticipos Impuesto a las Ganancias – Trámite especial".

Se puede presentar hasta 60 días antes del vencimiento del último anticipo.

ARCA cuenta con 60 días para resolver.

Contingencia

Las diferencias de importes que surjan entre las sumas ingresadas en uso de la opción y las que hubieran debido pagarse por aplicación de los correspondientes porcentajes sobre el impuesto real del ejercicio fiscal al que los anticipos se refieren, o el monto que debió anticiparse de no haberse hecho uso de la opción, el que fuera menor, estarán sujetas al pago de los intereses resarcitorios.

El aprovechamiento de los estímulos a la exportación

¿Cómo utilizarlos para cancelar obligaciones ante ARCA?

Los exportadores suelen tener saldos significativos de estímulos a la exportación a cobrar.

Adicionalmente, el Ministerio de Economía dispuso que la ex AFIP (hoy ARCA) solo dará curso a los pedidos de estímulos a la exportación correspondientes a aquellos exportadores que hayan dado cumplimiento a la totalidad de las obligaciones fiscales.

Se trata de las derivadas de tributos nacionales, incluidas las de los Recursos de la Seguridad Social y de planes de facilidades de pago, cuya recaudación se encuentre a cargo de ARCA.

A los fines indicados en el párrafo anterior, se dispuso un mecanismo que permite afectar el importe de los estímulos a la exportación, en forma total o parcial, a la cancelación de obligaciones fiscales de índole impositiva o aduanera o relativas a los recursos de la seguridad social.

Reintegros o reembolsos a exportadores: ¿cuándo están exentos en Impuesto a las Ganancias?

La Ley del Impuesto a las Ganancias prevé que se encuentran exentas del tributo:

"Las sumas percibidas, por exportadores que encuadren en la categoría de mypymes, correspondientes a reintegros o reembolsos acordados por el Poder Ejecutivo nacional en concepto de impuestos abonados en el mercado interno, que incidan directa o indirectamente sobre determinados productos y/o sus materias primas y/o servicios".

De esta manera, las empresas tienen diversas maneras de realizar una planificación fiscal que disminuya el peso de los impuestos sobre sus costos de explotación.

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