Compras en Chile: cuánto podés traer sin declarar según la Aduana argentina y no tener problemas con ARCA
Chile se transformó en uno de los destinos más elegidos por los argentinos que viajan con fines comerciales y turísticos. La diferencia de precios con respecto a la Argentina y la cercanía geográfica explican la frecuencia con la que muchos cruzan la frontera para adquirir indumentaria, productos electrónicos, artículos de perfumería y otros bienes. Sin embargo, al momento de regresar al país es necesario conocer los topes establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Aduana —bajo el régimen ARCA— para evitar multas o retenciones.
Los valores de referencia que determinan cuánto se puede ingresar al país dependen principalmente del medio de transporte utilizado. En todos los casos existen franquicias máximas expresadas en dólares. Estos montos definen la cantidad de bienes que una persona puede traer consigo sin obligación de declararlos ni pagar impuestos. Cuando los productos superan los límites, deben ser declarados en el paso fronterizo y se aplica un impuesto sobre el excedente.
Para los viajeros argentinos, resulta importante distinguir entre compras destinadas al uso personal y aquellas que se consideran mercadería para reventa. La Aduana establece diferencias claras entre ambos casos, y el incumplimiento de las normas puede derivar en sanciones. Conocer estas reglas permite planificar el viaje y las compras de forma acorde a la normativa vigente.
El atractivo de los precios en Chile, sumado al tipo de cambio similar, explica la magnitud del flujo comercial que se registra de manera constante en los pasos fronterizos. Aun así, quienes ingresan al país deben atender a las restricciones vigentes, ya que los controles aduaneros se han vuelto más exhaustivos en los últimos años.
Límites de compras según el medio de transporte
El monto máximo de franquicia varía según cómo se regrese a la Argentina. Quienes lo hagan por vía terrestre o fluvial, ya sea en automóvil particular, colectivo o embarcaciones menores, cuentan con una franquicia de 300 dólares. Esto implica que, hasta ese monto, los bienes adquiridos pueden ingresarse sin necesidad de declaración ni pago adicional.
Por otro lado, quienes arriben por vía aérea o marítima tienen permitido un monto superior. En estos casos, la franquicia asciende a 500 dólares. A este valor se suma el beneficio extra del free shop de arribo, que habilita a comprar hasta 500 dólares adicionales sin obligación de declarar ni pagar tributos. De esta manera, quienes viajan en avión o barco cuentan con un margen más amplio para realizar compras sin exceder los topes legales.
Superar las franquicias obliga al viajero a declarar el excedente y pagar un tributo equivalente al 50% de dicho monto. Por ejemplo, si una persona llega al país en avión con productos valuados en 700 dólares, el excedente es de 200 dólares sobre la franquicia general. En ese caso, deberá abonar 100 dólares en concepto de impuestos.
Estos límites no se pueden dividir entre distintos viajeros para evitar el pago. La normativa aclara que cada pasajero cuenta con una franquicia individual e intransferible. Además, la Aduana puede solicitar comprobantes de compra para verificar los valores declarados y aplicar el tributo correspondiente sobre el excedente.
Bienes de uso personal y productos electrónicos
La normativa contempla diferencias entre la indumentaria, considerada uso personal, y los artículos electrónicos o tecnológicos. En el caso de la ropa, calzado y otros productos similares, no existen restricciones estrictas siempre que su cantidad sea coherente con el consumo individual y no se configure como mercadería destinada a la venta.
En cuanto a los bienes electrónicos, sí se aplican límites concretos. Cada viajero puede ingresar un celular y una notebook o tablet sin necesidad de declararlos. Cuando se superan esas cantidades, la persona está obligada a declararlos y pagar los tributos que correspondan. Esta distinción busca evitar el ingreso masivo de dispositivos con fines comerciales.
Los artículos de perfumería, bebidas alcohólicas y productos de lujo también están sujetos a control. Aunque puedan adquirirse en free shop dentro de la franquicia habilitada, el exceso sobre esos valores debe ser declarado. La Aduana cuenta con facultades para inspeccionar equipajes y aplicar sanciones en caso de incumplimiento.
Por su parte, los productos alimenticios, bebidas y tabaco tienen regulaciones particulares en función de la cantidad permitida. Si bien pueden comprarse en free shop, al superar las cantidades establecidas deben ser declarados y están sujetos a restricciones sanitarias adicionales.
Declaración, documentación y planificación de compras
La declaración en Aduana se realiza al momento de ingresar al país y es obligatoria cuando se superan los topes de franquicia. El viajero debe detallar los bienes adquiridos y presentar la documentación que acredite el valor de los productos, como facturas o tickets de compra. Esto permite determinar si corresponde pagar tributos por el excedente.
El impuesto aplicable equivale al 50% de la diferencia entre el monto gastado y la franquicia correspondiente. No realizar la declaración o falsear la información puede derivar en multas, retención de mercadería o sanciones mayores, según lo disponga la autoridad aduanera.
Para quienes planifican viajar a Chile con la intención de realizar compras, resulta clave organizar los gastos de acuerdo con las franquicias. Quienes viajen en automóvil deben ajustar sus compras al límite de 300 dólares, mientras que quienes viajen en avión cuentan con 500 dólares más el beneficio adicional del free shop. Esta previsión permite maximizar la cantidad de productos ingresados de forma legal.
La Aduana también aclara que no está permitido fraccionar compras entre varios integrantes de un mismo grupo para evitar declarar. Cada persona cuenta con su propia franquicia, pero los bienes deben corresponder a su equipaje personal. La verificación de cantidades y el tipo de producto forman parte de los controles habituales en los pasos fronterizos.