Fallo histórico: ANDIS debe devolver todas las pensiones por discapacidad y pagar retroactivos en 24 horas
La Justicia federal dejó sin efecto la baja de pensiones por discapacidad que impulsó el Gobierno en todo el país, decretó que los beneficiarios deben cobrar en forma retroactiva desde que se produjo la quita del beneficio, y la ANDIS no podrá seguir con las auditorías y la suspensión de prestaciones.
El Juzgado Federal 2 de Catamarca dictó una medida cautelar con alcance nacional que ordena a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer las Pensiones No Contributivas por invalidez suspendidas y abstenerse de realizar nuevas bajas o auditorías basadas en la normativa cuestionada (Decreto 843/2024), hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
El Decreto 843/2024, dictado en septiembre de 2024, elevó al 66% el umbral de disminución de la capacidad laboral y amplió las causales de suspensión y caducidad de las pensiones.
Cuál fue la denuncia sobre baja de pensiones
La acción de amparo fue impulsada inicialmente por el Defensor del Pueblo de la Provincia de Catamarca y el juez reconoció como representantes adecuados del colectivo (discapacitados de todo el país) a los siguientes representantes de usuarios:
- Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (APYFaDiM)
- Asociación Azul
Otras organizaciones y entidades que adhirieron o se acumularon en el juzgado incluyen al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y la Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos de la Universidad Nacional de La Plata.
Las asociaciones denunciaron que las auditorías impulsadas por la Agencia en agosto de 2024 se realizaron sin un marco normativo claro ni criterios públicos de evaluación.
También advirtieron sobre la falta de accesibilidad y la deficiencia en las notificaciones enviadas a los beneficiarios, que en muchos casos no fueron entregadas o presentaban errores formales que impidieron ejercer el derecho de defensa.
De acuerdo con datos oficiales, de las 997.654 cartas documento enviadas por la ANDIS, 504.802, más de la mitad, no pudieron ser entregadas. En provincias como Chaco, Formosa y Corrientes, las citaciones fallidas superaron el 70%. Antes de las resoluciones judiciales adversas, la Agencia había suspendido el pago de 111.463 pensiones.
Qué dijo el fallo sobre baja de pensiones
El juez que dictó la medida cautelar es Guillermo Díaz Martínez, titular del Juzgado Federal 2 de Catamarca.
La medida tiene incidencia colectiva y alcance nacional debido a lo siguiente:
- Homogeneidad del reclamo: el fallo reconoce que la suspensión de las pensiones afectó de manera homogénea a miles de titulares de beneficios por invalidez en todo el país.
- Representación adecuada: se aplicó la doctrina de la Corte Suprema en el fallo "Halabi" (sobre procesos colectivos) y el juez consideró que la causa involucraba un derecho de incidencia colectiva que justificaba la extensión de la cautelar a todo el territorio nacional. La vulneración a los derechos de las personas con discapacidad se produjo por una misma causa normativa (el Decreto 843/2024 y las auditorías de ANDIS) y fáctica (suspensiones masivas).
El fallo responde a la suspensión masiva de pensiones por invalidez dispuestas por ANDIS, luego de un proceso de auditorías basado en el Decreto 843/2024. El reclamo surgió debido a que miles de personas con discapacidad vieron suspendidas sus pensiones sin notificación previa ni criterios claros, afectando su derecho a un ingreso esencial.
Qué alcance tiene la medida cautelar
El fallo de la medida cautelar ordena a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS):
- Restablecer la totalidad de las pensiones no contributivas por invalidez suspendidas y/o retenidas a sus titulares.
- Pagar el importe de los haberes de pensión retenidos a la fecha.
- Abstenerse de continuar las auditorías con base en la normativa cuestionada (Decreto 843/2024) y de disponer nuevas suspensiones de pensiones no contributivas por incapacidad laboral, hasta tanto recaiga sentencia definitiva.
En cuanto los beneficiarios cubiertos por la medida cautelar, la medida tiene alcance nacional.
Además, el Juzgado Federal ordenó a la ANDIS cumplir con el restablecimiento de las pensiones en un plazo de 24 horas desde el dictado de la resolución.