Chau matrícula profesional: polémica por la reforma laboral y la derogación de la colegiación obligatoria
El proyecto de Ley de Modernización Laboral que ingresó este jueves en el Senado deroga leyes reglamentarias de diversas situaciones especiales de profesionales y trabajadores, entre ellas deja sin efecto la ley marco de la colegiación, por la que los colegios profesionales hoy tienen poder para la matriculación obligatoria de contadores o abogados y de otras profesiones, como arquitectos, corredores y martilleros públicos.
Cómo es la derogación de la ley de colegiación
El último artículo de la reforma laboral deroga la Ley 24.493 por completo. Esta ley se refiere a la creación de colegios y consejos profesionales y sus facultades. Su derogación afecta el marco legal que regula la habilitación y la estructura de la colegiación en muchas profesiones.
La Ley (sancionada en 1995) no crea colegios para una profesión específica, sino que establece el marco general para el ejercicio profesional y la creación de organismos de gobierno de la matrícula a nivel nacional.
La norma sirvió como marco regulatorio general para diversas profesiones que buscan establecer su régimen de colegiación obligatoria a nivel nacional o federal, especialmente en aquellos territorios donde no existe legislación local específica o donde la regulación es de competencia federal.
Aunque no enumera profesiones, su derogación en el proyecto de reforma laboral apunta a desmantelar la base legal que sostiene la obligatoriedad de la matriculación y la estructura de control de las profesiones liberales en general.
Qué dice la reforma para abogados porteños
Para los abogados de CABA, el proyecto es quirúrgico y se enfoca en artículos que crean la obligación de colegiación obligatoria para ejercer en la ciudad de Buenos Aires
La eliminación de estas disposiciones apunta a desregular el ejercicio de la abogacía en la Ciudad de Buenos Aires, específicamente en lo relativo a la matriculación:
Respecto de la matriculación obligatoria, la norma derogada establece que para ejercer la profesión en la ciudad de Buenos Aires, se requiere estar inscripto en la matrícula que lleva el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF).
Con la reforma laboral, la matrícula sería libre. Esto debilitaría la función de control y gobierno de la matrícula que ejerce el Colegio porteño.
También se deroga la cláusula que detalla las finalidades del Colegio, incluyendo el gobierno de la matrícula.
Qué pasa con los profesionales de la salud
También se deroga el Régimen de Colegiación en Provincia de Buenos Aires, una ley antigua, con foco en profesionales de la salud.
Las profesiones más directamente relacionadas con la estructura de esta ley y que deben colegiarse en la provincia de Buenos Aires incluyen:
- Médicos
- Odontólogos
- Farmacéuticos
- Bioquímicos
- Veterinarios
- Profesionales del arte de curar en general.
Qué dicen los consejos y colegios
Las entidades de profesionales defiende la colegiación obligatoria argumentando que es esencial para:
- Garantizar la ética y el decoro profesional, ya que al permitir el ejercicio del poder disciplinario sobre los matriculados.
- Asegurar el control de la habilitación, verificando que quienes ejercen posean título y cumplan con los requisitos legales.
- Proteger a los ciudadanos, ya que la matrícula obligatoria y el control disciplinario son mecanismos de resguardo frente al ejercicio ilegal o indebido de la profesión.
La eliminación de la colegiación obligatoria es un golpe directo a la economía de colegios y consejos.
Cómo cambia el trabajo diario de los profesionales
La desregulación del ejercicio profesional por la eliminación de la matrícula obligatoria tendrá impacto en la práctica de los profesionales:
- Los profesionales dejarán de estar bajo el control disciplinario de la entidad que rige la matrícula.
- Las sanciones por faltas éticas o mala praxis serían más difíciles de aplicar o quedaría en manos de los jueces, algo que las entidades considera altamente peligroso.
- Podrían ejercer su profesión sin la carga administrativa y económica que implica la matrícula obligatoria, incluidas las cuotas y aportes al colegio o consejo
- Al eliminarse la barrera de la colegiación obligatoria, podría ingresar un número mayor de profesionales a la práctica sin la supervisión una entidad intermedia, lo que podría aumentar la competencia, tanto leal como desleal.
El colegio o consejo, al perder la potestad de la matrícula, vería debilitada su capacidad de representación de los intereses de la abogacía ante los poderes públicos.