ARCA: qué pasa si me hacen muchas transferencias a mi cuenta en diciembre 2025
El avance de los pagos electrónicos y las transferencias bancarias hizo que los controles sobre el movimiento de dinero sean cada vez más frecuentes. En este contexto, ARCA y las entidades financieras cuentan con parámetros claros para monitorear operaciones y solicitar información cuando los montos superan determinados límites.
Conocer cuáles son esos topes y qué tipo de operaciones pueden quedar bajo análisis permite anticiparse a eventuales pedidos de documentación y reducir el riesgo de bloqueos o demoras en el acceso a los fondos. En general, cuando el dinero tiene un origen lícito y comprobable, las transferencias no presentan inconvenientes. El problema aparece cuando se movilizan sumas elevadas sin respaldo formal.
El esquema actual busca un equilibrio entre la facilidad para que los usuarios operen, incrementando los límites vigentes, con el control que ARCA debe mantener por cuestiones de evasión y lavado de activos.
Es importante tener presente que el no poder justificar el origen del dinero puede aplicar sanciones, inmovilizar cuentas e incluso derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF).
Límites de transferencias y operaciones vigentes en octubre de 2025
Desde junio de 2025 rigen nuevos topes informables, que se actualizan de manera semestral según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Los valores actualmente vigentes son los siguientes:
- Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas
- Extracciones en efectivo: $10.000.000 para personas físicas y jurídicas
- Saldos bancarios al cierre del mes: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas
- Plazos fijos: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas
- Transferencias en billeteras virtuales: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas
- Tenencias en sociedades de bolsa: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas
- Compras como consumidor final: hasta $10.000.000 sin necesidad de aportar información adicional
- Pagos: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas
Operar por debajo de estos montos, en teoría, no genera pedidos de información por parte de ARCA y, por ende, los bancos u entidades financieras no suelen solicitar documentación respaldatoria. Sin embargo, incluso si no se superan los límites, un volumen elevado de movimientos puede interpretarse como indicio de una actividad económica no registrada. Esto puede derivar en inconvenientes.
Documentación requerida para justificar el origen de los fondos
Para evitar bloqueos o acelerar la liberación del dinero, es clave contar con comprobantes que respalden cada operación. Entre la documentación que suelen solicitar las entidades financieras se incluyen:
- Contratos de compraventa y comprobantes de pago
- Facturas emitidas por monotributistas o responsables inscriptos
- Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación
- Constancia de inscripción al monotributo
- Certificados de origen de fondos firmados por un contador público
Mantener esta documentación actualizada resulta especialmente importante para quienes realizan transferencias de montos elevados o con cierta frecuencia. También es fundamental que la actividad económica esté correctamente registrada ante ARCA.
Qué hacer si una transferencia queda retenida
Ante la retención de una operación por parte del banco, se recomienda:
- Presentar en tiempo y forma la documentación solicitada
- Avisar previamente a la entidad si se espera recibir o enviar una suma elevada
- Evitar fraccionar una transferencia grande en múltiples envíos pequeños, ya que esto puede activar controles adicionales
- Responder con rapidez a los requerimientos reduce la posibilidad de que la operación derive en un Reporte de Operación Sospechosa (ROS)
- Impuestos y obligaciones vinculados a las transferencias
Las transferencias de dinero pueden quedar alcanzadas por distintos tributos, entre los más habituales se encuentran:
- Ingresos Brutos, con retenciones aproximadas del 2,5%
- Impuesto al Cheque, que aplica una alícuota del 0,6%
En la mayoría de los casos, estos impuestos recaen sobre quien recibe los fondos. Además, el concepto consignado en la transferencia funciona como un dato relevante en eventuales controles o verificaciones posteriores por parte de los organismos fiscales.