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ALERTA

Las inscripciones en el Registro Industrial se solicitarán ví­a web

Mediante el formulario electrónico se otorgará la "clave de seguridad e identificación personal" que tiene carácter de confidencial e intransferible
17/04/2007 - 14:01hs
Las inscripciones en el Registro Industrial se solicitarán ví­a web

Las personas de existencia visible o ideal que lleven a cabo cualquier tipo de actividad industrial en el paí­s, aún cuando se domicilien en el exterior, a fin de inscribirse en el "Registro Industrial de la Nación" deberán cumplimentar un nuevo procedimiento ví­a electrónica.

Así­ lo dispuso la Secretarí­a de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa mediante la Resolución Nº 146/07, que rige también para las actualizaciones de datos y renovaciones que se realicen a partir de la fecha.

En el sitio web del organismo se encuentra disponible el formulario electrónico que se debe transferir ví­a Internet y luego imprimir para ser presentado con la respectiva documentación en mesa de entradas del Registro.

Una vez que el organismo valida y conforma la documentación de la solicitud, asigna al beneficiario una clave de seguridad e identificación personal y pone a disposición el Certificado de Inscripción.

Pasos a seguir para inscribirse en el registro:

  • Completar ví­a web e imprimir el formulario de "Solicitud de Inscripción en el Registro Industrial de la Nación", que tiene carácter de declaración jurada y se obtiene de la página web del organismo.
  • Luego, presentar ante la mesa de entradas del Registro el formulario impreso junto con documentación adicional que solicita la Secretarí­a:
    • Constancia de inscripción ante la AFIP
    • Copia de la habilitación fabril
    • Constancia de pago del arancel correspondiente a la solicitud de emisión del certificado
    • Original y copia de escritura pública.
  • Se le otorga al trámite un número de expediente y el Registro examina el cumplimiento de los requisitos y demás formalidades establecidas, en caso de encontrar deficiencias se le solicita al beneficiario ví­a Internet que subsane los inconvenientes que pudieran existir dentro de los 5 dí­as hábiles.
  • De conformarse la solicitud el Registro otorga la "clave de seguridad e identificación" que es intransferible y notifica ví­a web que fue concedido el respectivo Certificado de Registro y a partir de ese momento el beneficiario puede retirarlo.

Renovación
Dado que la inscripción al Registro tiene un año de vigencia, debe renovarse la solicitud ingresando en el sistema la función "Renovación" y la clave de seguridad e identificación personal del usuario.

La empresa beneficiaria recibirá una notificación de parte del Registro advirtiéndole de la caducidad de la vigencia del certificado 60 dí­as antes de su vencimiento.

Natalia Hamui
Especial para infobaeprofesional.com