• 14/1/2026
ALERTA

Cambian los controles de ARCA: cuáles son los nuevos límites para informar operaciones financieras

ARCA eliminó la actualización semestral automática de los montos mínimos para informar movimientos financieros y determinó los nuevos pisos
Por A.L.
14/01/2026 - 17:30hs
ARCA implementa cambio clave en el control de las operaciones bancarias

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo cambios significativos en el régimen de información financiera al eliminar la actualización semestral automática de los pisos a partir de los cuales bancos, agentes de bolsa y otras entidades deben reportar los movimientos de sus clientes.

La medida fue oficializada este miércoles a través de la Resolución General 5814/2026, publicada en el Boletín Oficial.

Según se desprende de los considerandos de la norma, la decisión se fundamenta en la "estabilidad de las variables macroeconómicas", un argumento que marca un quiebre con el esquema vigente hasta ahora, diseñado para un contexto de alta inflación y ajustes periódicos por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

ARCA pone fin a la actualización semestral automática

Hasta esta modificación, los montos mínimos de información se actualizaban automáticamente dos veces al año, en junio y diciembre, siguiendo la evolución de los precios. Con la nueva disposición, ARCA pone fin a ese mecanismo de indexación y deja los valores congelados, salvo que una futura resolución establezca nuevos límites.

Desde el Gobierno explican que la eliminación de la actualización semestral busca simplificar la carga administrativa de bancos y agentes de bolsa, en un contexto en el que la desaceleración de la inflación haría innecesarios los ajustes constantes de los mínimos de control.

ARCA informó nuevos límites para operaciones bancarias y financieras

La resolución pone el foco en el Título II del régimen de información, que regula los datos que deben suministrar los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs), las sociedades depositarias de Fondos Comunes de Inversión (FCI) y los agentes de colocación.

A partir de ahora, estos sujetos deberán informar las operaciones de sus clientes cuando el monto neto mensual alcance o supere los siguientes valores:

  • $100.000.000 para personas humanas.
  • $30.000.000 para personas jurídicas, es decir, empresas.

Estos montos reemplazan el esquema anterior, que se ajustaba periódicamente por inflación, y pasan a ser los nuevos parámetros fijos para determinar cuándo una operación o conjunto de operaciones debe ser reportado al fisco.

Uno de los puntos centrales de la resolución es que ARCA aclara que no se toma en cuenta una operación aislada, sino la sumatoria total mensual de distintos conceptos. Esto implica que un contribuyente puede quedar alcanzado por el régimen informativo aunque ninguna de sus operaciones individuales supere el piso establecido.

La norma detalla que deben sumarse, entre otros, los siguientes movimientos:

  • Compra y venta de títulos: incluye la suma acumulada de operaciones con bonos, acciones y la suscripción o rescate de cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión.
  • Pases y cauciones: se computan en conjunto tanto las posiciones tomadoras como las colocadoras.
  • Movimientos de fondos: ingresos y egresos de dinero, amortizaciones, intereses y dividendos acreditados en las cuentas de los clientes.

Si el total mensual de todos estos conceptos supera el límite de $100 millones o $30 millones, según corresponda, el agente deberá informar la totalidad de las operaciones, incluso aquellas que, de manera individual, sean de montos significativamente menores.

Cómo se computan las operaciones en dólares

La resolución también introduce precisiones clave respecto de las operaciones realizadas en moneda extranjera. En estos casos, la conversión a pesos deberá efectuarse utilizando el tipo de cambio comprador del Banco Nación, correspondiente al día de la liquidación de la operación o al último día hábil del mes, según el criterio aplicable.

Este punto busca unificar criterios y evitar diferencias en la valuación de operaciones en dólares, un aspecto sensible para el control fiscal y la comparación de información entre distintos agentes del sistema financiero.

Otro cambio relevante es la definición más precisa del concepto de "monto neto". ARCA especificó que las entidades deberán informar el valor resultante luego de descontar comisiones, aranceles y gastos directos vinculados a cada operación.

Este ajuste apunta a que el organismo reciba información más fiel sobre la capacidad contributiva real de los usuarios, evitando distorsiones generadas por montos brutos que no reflejan el ingreso o movimiento efectivo del contribuyente.

Desde cuándo rigen los cambios determinados por ARCA

Los cambios introducidos por ARCA entran en vigencia de forma inmediata y serán aplicables a la información correspondiente al período mensual de diciembre de 2025 y los meses subsiguientes. Esto implica que las entidades financieras y agentes de mercado ya deben adecuar sus sistemas y reportes a los nuevos parámetros.

Al mismo tiempo, la medida mantiene intacto el objetivo de transparencia fiscal y seguimiento de grandes movimientos financieros, al consolidar montos elevados que apuntan a detectar operaciones relevantes sin multiplicar reportes por efecto de la inflación.

Con este cambio, ARCA redefine el equilibrio entre control y simplificación, en un escenario macroeconómico que el Ejecutivo considera más estable y previsible que el de años anteriores.

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