Revés para el Gobierno: el juez mantiene frenada la reforma laboral pese al pedido a la Corte
A pesar de que el Gobierno intenta por segunda vez quitarle la causa, ahora con un pedido de "per saltum" a la Corte Suprema de Justicia, el juez laboral que frenó la reforma laboral a pedido de la CGT insiste en que los pedidos de cambio de fuero no producen efectos por no estar firmes, y la medida cautelar suspensiva se mantiene.
En el marco de la acción declarativa colectiva iniciada por la CGT contra el Estado nacional, el juez de Primera Instancia del Trabajo 63, Raúl Ojeda se expidió sobre una cuestión procesal: la incidencia de la inhibitoria dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 12, según publica Errepar.
El juez Ojeda dejó expresamente establecido que esta declinatoria no se encuentra firme, razón por la cual las actuaciones desarrolladas en sede laboral conservan plena validez.
Cuál es la disputa entre el juez laboral y el Gobierno
El Estado nacional insistió en informar en el expediente la existencia de una inhibitoria dispuesta por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 12.
Sin embargo, el magistrado interviniente en el fuero del Trabajo precisó que esa resolución aún no ha sido aceptada ni rechazada por su juzgado, encontrándose vigente el plazo legal para pronunciarse al respecto.
En consecuencia, mientras la situación no sea definida, no se ha producido un desplazamiento de competencia que afecte la tramitación de la causa colectiva.
Qué efectos tiene sobre el proceso colectivo
A partir de esa aclaración, el juez Ojeda afirmó que todas las actuaciones procesales llevadas a cabo hasta el momento resultan plenamente válidas.
Esta definición adquiere particular relevancia si se considera el carácter colectivo de la acción y el efecto erga omnes (para todos los trabajadores, empresas y sindicatos) que pueden tener los pronunciamientos que se dicten en el expediente.
De este modo, el tribunal evitó la paralización automática del proceso por la sola existencia de una inhibitoria no firme, preservando la continuidad del trámite judicial.
Cómo es la causa planteada por la CGT
La causa fue promovida por la CGT en los términos de los artículos 14 del Código Civil y Comercial y 43 de la Constitución Nacional, cuestionando diversas disposiciones vinculadas a la reforma laboral.
El proceso se encuentra inscripto en el Registro Público de Juicios Colectivos y cuenta con una medida cautelar y su rectificatoria publicadas en el Boletín Oficial.
En atención a la trascendencia institucional del caso, el tribunal destacó la necesidad de asegurar un trámite regular y eficaz.
Qué resoluciones adoptó el juez laboral
Además de pronunciarse sobre la inhibitoria, el juez Ojeda dictó medidas complementarias y saneatorias del proceso, entre ellas la citación de entidades representativas del sector empleador como terceros interesados.
Asimismo, aclaró que el trámite del expediente quedará en suspenso únicamente a los efectos de integrar a los terceros omitidos, sin que ello implique desconocer la validez de lo ya actuado.
El magistrado resolvió que, mientras la inhibitoria dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 12 no adquiera firmeza, las actuaciones procesales desarrolladas en el proceso colectivo continúan siendo plenamente válidas, manteniéndose vigente la intervención del fuero laboral.