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ARCA establece nuevos cambios en Ganancias: a quiénes alcanza y qué modifica

ARCA modificó la normativa para la determinación anual e ingreso del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas
Por H.G.
20/04/2026 - 10:36hs
ARCA establece nuevos cambios en Ganancias: a quiénes alcanza y qué modifica

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó la normativa para la determinación anual e ingreso del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país.

La norma incorpora las previsiones necesarias para los sujetos que elijan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada, según la Resolución General 5836/2026 publicada en el Boletín Oficial.

Este régimen opcional se basa en las condiciones dispuestas por la Ley N° 27.799 y apunta a consolidar el sistema de Inocencia Fiscal por el cual el Gobierno nacional pretende que circulen ahorros de los residentes en el país.

Para ingresar a este mecanismo tributario, los contribuyentes deben realizar el trámite a través del servicio "Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado" en el sitio web del organismo. Para acceder al sistema es necesario contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior.

Bajo este sistema, el organismo "pondrá a disposición la información obrante en sus sistemas, así como aquella suministrada por responsables y/o terceros".

Los usuarios pueden revisar la información precargada antes de enviarla.

Los responsables "podrán efectuar los ajustes, modificaciones, incorporaciones y/o eliminaciones que consideren pertinentes" y luego deberán confirmar la presentación.

La normativa también aclara el procedimiento para corregir datos ya presentados.

El texto establece que "la presentación de declaraciones juradas rectificativas deberá efectuarse a través del régimen general o del régimen simplificado, según corresponda".

Principales modificaciones

La norma introduce cambios clave en la estructura de presentación del gravamen:

Nuevo Formulario: Se crea el Formulario 2711, específico para quienes se encuentren adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada. Los contribuyentes del Régimen General continuarán utilizando el Formulario 711

Datos Precalculados: En la modalidad simplificada (F. 2711), ARCA pondrá a disposición la información que posee en sus bases de datos y la suministrada por terceros. El contribuyente deberá validar, ajustar o eliminar estos datos antes de confirmar y presentar la declaración jurada.

Condiciones de acceso y permanencia

La resolución aclara que para utilizar el F. 2711 es condición necesaria haber ejercido la adhesión o ratificación anual en los términos de la RG (ARCA) 5820. En los casos de desistimiento o exclusión de dicho régimen, el sujeto quedará automáticamente obligado a determinar el impuesto mediante el régimen general (F. 711).

La presentación del formulario de declaración jurada F. 711 correspondiente a los responsables del régimen general, deberá efectuarse cuando, respecto de un período fiscal, exista alguna de las siguientes situaciones:

a) El contribuyente se encuentre inscripto, aun en los casos en que no se determine ganancia neta sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal, o

b) corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun si el contribuyente no hubiera solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la respectiva obligación de determinación e ingreso.

Para la presentación de la declaración jurada F. 2711 correspondiente al Régimen de Declaración Jurada Simplificada, se requerirá la previa adhesión o ratificación anual. En caso de desistimiento o exclusión del citado régimen, deberá cumplirse con la obligación de determinación del impuesto conforme al régimen general del gravamen.

La presentación de declaraciones juradas rectificativas deberá efectuarse a través del régimen general o del régimen simplificado, según corresponda..

Las flamantes disposiciones también resultan aplicables a los contribuyentes que convaliden la adhesión al Régimen de Declaración Jurada Simplificada por el periodo fiscal 2025.

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