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ALERTA

Impuesto a las Ganancias: por qué miles de contribuyentes recibirán un reintegro en mayo

La actualización de deducciones generan diferencias entre lo retenido y lo que corresponde pagar. El saldose devuelve en sueldos de este mes
01/05/2026 - 16:53hs
ARCA

El calendario del Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia tiene un momento clave cada año: la liquidación anual. Ese proceso, que se realiza entre fines de abril y comienzos de mayo, explica por qué miles de contribuyentes recibirán un reintegro en sus próximos recibos de sueldo.

Se trata de un mecanismo habitual del tributo, que no responde a un beneficio extraordinario sino a la forma en que se calcula el impuesto. Durante todo el año, los empleadores actúan como agentes de retención y descuentan mensualmente una parte del salario en función del ingreso, las cargas de familia y las deducciones informadas por el trabajador.

Sin embargo, ese cálculo no es definitivo. El impuesto es anual, por lo que el monto final se determina considerando todos los ingresos y deducciones del período fiscal completo. En ese contexto, pueden generarse diferencias entre lo que se retuvo mes a mes y lo que finalmente corresponde pagar. Cuando el resultado arroja que se descontó de más, ese excedente se devuelve.

Según especialistas, cerca de 800.000 contribuyentes recibirán reintegros de Ganancias durante mayo.

Impuesto a las Ganancias: el impacto de la actualización por inflación

Uno de los factores centrales que explican estas devoluciones es la actualización de las escalas y deducciones del impuesto. El esquema vigente prevé ajustes periódicos a lo largo del año, pero esos cambios no siempre coinciden con la dinámica de los salarios.

Esto puede provocar que en determinados meses se haya retenido un monto mayor al que corresponde en el cálculo anual. Al realizarse la liquidación final, esas diferencias se corrigen, generando saldos a favor para muchos trabajadores.

En términos prácticos, el ajuste implica recalcular todo lo retenido durante el período fiscal con las tablas vigentes al cierre del año, lo que explica la aparición de devoluciones en numerosos casos.

ARCA: el rol clave de las deducciones

Otro elemento determinante son las deducciones que cada trabajador puede computar. Estas incluyen cargas de familia, gastos médicos, alquileres, seguros y pagos a cuenta, entre otros conceptos.

La información se carga a través del formulario SIRADIG, que tiene como fecha límite el 31 de marzo para el período fiscal anterior. Esa presentación impacta directamente en el cálculo final del impuesto.

Si un contribuyente incorpora deducciones que no habían sido consideradas durante el año, el resultado puede ser una reducción del monto total a pagar. En esos casos, también se genera un saldo a favor que se devuelve en la liquidación anual.

Cuándo se paga la devolución

Una vez cerrado el período de carga de datos, los empleadores deben realizar la liquidación anual del impuesto, un proceso que se completa hacia fines de abril.

El resultado —ya sea un monto a pagar o un saldo a favor— se incorpora en el recibo de sueldo siguiente. En la práctica, esto implica que el ajuste impacta en los salarios que se cobran en mayo.

Si el cálculo final indica que el trabajador pagó de más, la devolución aparece como un importe adicional en el recibo. En cambio, si se retuvo de menos, se aplica un descuento.

La normativa prevé que ese ajuste se efectúe en el primer pago posterior a la liquidación o, si no alcanza, en los meses siguientes hasta completar el monto correspondiente.

Qué pasa si no se presentó el SIRADIG

En los casos en que el trabajador no haya completado el SIRADIG antes del cierre del plazo, el proceso para recuperar saldos a favor se vuelve más complejo.

Si existen deducciones o percepciones no informadas, el contribuyente deberá inscribirse en el impuesto y presentar una declaración jurada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ex Administración Federal de Ingresos Públicos).

Ese camino implica un procedimiento más largo para obtener la devolución. Por eso, la carga de datos en tiempo y forma resulta clave para que el reintegro se realice de manera automática en el recibo de sueldo.

Un mecanismo habitual del sistema

La devolución que se verá reflejada en mayo no es un hecho aislado. A lo largo de 2026 ya se registraron situaciones similares vinculadas a cambios en el esquema del impuesto, como actualizaciones retroactivas de escalas y deducciones.

En esos casos, los empleadores debieron recalcular lo retenido y devolver los montos cobrados de más. Se trata de un mecanismo propio del sistema: cuando se modifican los parámetros del impuesto, se revisa lo ya retenido y se corrigen las diferencias.

Así, el reintegro de Ganancias en mayo se explica por la lógica anual del tributo y por los desfasajes que pueden generarse entre retenciones mensuales, actualización de variables y carga de deducciones.

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