Fallo clave contra PAMI: la Justicia ordenó regularizar pagos atrasados a prestadores de discapacidad
El Juzgado Federal N° 3 de Córdoba resolvió hacer lugar en su totalidad a una acción de amparo colectivo presentada contra el programa Incluir Salud y el PAMI. La decisión obliga a ambos organismos a normalizar el flujo de pagos destinados a prestaciones vinculadas a personas con discapacidad.
De acuerdo con un informe, la sentencia exige la regularización inmediata y la continuidad en tiempo y forma de la cadena de pagos correspondiente a servicios básicos de salud para beneficiarios de pensiones no contributivas.
La presentación judicial fue impulsada por la abogada y referente de la organización Defendamos Córdoba en materia de discapacidad, Marta Lastra.
"No puede el Estado incumplir": la Justicia ordenó regularizar pagos a discapacidad
En el fallo, el juez federal Miguel Vaca Narvaja fue categórico al rechazar los argumentos vinculados a restricciones fiscales o administrativas como justificación para los atrasos.
"No puede el Estado Nacional esgrimir razones de control u ordenamiento presupuestario, para incumplir con obligaciones elementales pendientes desde diciembre del año pasado en varios casos constatados, desatendiendo derechos fundamentales de un colectivo sumamente vulnerable como el de las personas con discapacidad. Perseverar en esa conducta omisiva generará sin duda alguna, responsabilidades civiles y/o penales a los ejecutores del desatino".
El magistrado remarcó además que el Estado de Derecho implica el sometimiento de las autoridades a la ley vigente, y ordenó al Ministerio de Salud cumplir de manera inmediata con sus obligaciones.
En ese sentido, sostuvo: "El Estado de Derecho implica el sometimiento de los gobernantes a la ley. Esta resolución conmina al Ministerio de Salud a cumplir de manera inmediata con la legislación vigente y cesar con la demora injustificada que produce la desatención del colectivo de personas afectadas por discapacidad. (…) La demora injustificada constituye un acto arbitrario e ilegal contra el cual resulta procedente la acogida del amparo".
Un fallo colectivo con impacto ampliado
La resolución tiene carácter colectivo, lo que amplía su alcance a miles de personas en situación similar, incluyendo prestadores, centros de día y profesionales que dependen del sistema de pagos para sostener su funcionamiento.
El juez destacó que la asistencia integral a la discapacidad no puede entenderse como una declaración simbólica, sino como una política pública efectiva y exigible.
"La asistencia integral a la discapacidad constituye una política pública del país", explicitó el fallo, por lo que "los derechos vinculados al acceso a prestaciones de salud integrales no pueden ser meramente declarativos, porque su goce efectivo es lo que permite a una persona desplegar plenamente su valor eminente como agente moral autónomo, base de la dignidad humana que la Corte debe proteger".
Demoras acumuladas y conflicto por financiamiento
Según lo constatado en la causa, las irregularidades en los pagos se arrastraban desde fines de 2025, con demoras que en algunos casos alcanzaron hasta cinco meses en la cancelación de prestaciones ya brindadas.
El fallo se inscribe en el marco de la controversia por el cumplimiento de la Ley de Emergencia en Discapacidad y ordena revertir la situación de atrasos que impacta directamente en el funcionamiento del sistema de atención.