La IGJ implementa cambios para la presentación de balances: qué se modifica y a quiénes afecta
La Resolución General 9/2026 de la Inspección General de Justicia (IGJ) responde a la necesidad de adaptar el sistema vigente —basado en documentación física— al contexto actual de administración electrónica y firma digital. En este sentido:
- Se elimina la exigencia de presentaciones presenciales.
- Se incorpora el uso de Clave Fiscal con efectos de firma electrónica.
- Se habilita la interoperabilidad con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA, permitiendo importar datos automáticamente.
El enfoque de la IGJ busca equilibrar simplificación administrativa con seguridad jurídica, evitando requisitos innecesarios que no aporten valor al control, señala Errepar.
Cambios clave en la presentación de estados contables
La resolución introduce modificaciones centrales en los plazos y documentación exigida:
Sociedades (SA y otras alcanzadas)
- Plazo único: 15 días desde la aprobación por el órgano de gobierno.
- Documentación requerida
- Estados contables firmados con informe de auditor.
- Informe de fiscalización (si corresponde).
- Memoria del ejercicio.
- Actas de convocatoria y de asamblea.
Normativa contable aplicable
- Prevalecen las normas profesionales vigentes (FACPCE adoptadas por el CPCECABA).
- Se admite el uso de NIIF o NIIF para PyMEs como alternativa.
- Se exige auditoría independiente en casos específicos (consolidación o VPP).
Régimen para asociaciones civiles y fundaciones
La resolución también redefine el esquema para entidades sin fines de lucro:
Asociaciones civiles
- Clasificación por categorías (I, II y III) con distintos niveles de exigencia.
- Plazo general: 30 días posteriores a la asamblea aprobatoria.
- Las entidades de mayor complejidad (Categoría III) deben cumplir una etapa preasamblearia con control previo.
Fundaciones
- Presentación dentro de los 15 días hábiles desde la aprobación.
- Se incorpora un informe de desvíos del plan trienal y medidas correctivas.
Derogaciones y actualización normativa
La IGJ elimina múltiples artículos del régimen anterior (Resolución 15/2024), reemplazando reglas dispersas por un sistema más uniforme. Además, dispone que los aspectos técnicos del sistema digital (formatos, seguridad, interoperabilidad) se definan mediante circulares dinámicas, lo que permitirá su actualización sin necesidad de nuevas resoluciones.
Vigencia
La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, con posibilidad de migrar trámites en curso al nuevo sistema digital.