Qué es el RIMI: los requisitos esenciales para acceder al nuevo régimen de medianas inversiones
El Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) se consolida como una herramienta para fomentar proyectos productivos mediante beneficios fiscales destinados a empresas y entidades sin fines de lucro. Su implementación establece requisitos específicos sobre el tipo de inversión, los montos mínimos exigidos y las condiciones necesarias para mantener los incentivos.
Con la adhesión de nuevas jurisdicciones provinciales, el régimen amplía su alcance y abre una oportunidad para que las empresas incrementen su capacidad productiva con ventajas tributarias. No obstante, acceder a estos beneficios requiere cumplir una serie de condiciones que conviene conocer antes de iniciar un proyecto.
RIMI: quiénes pueden acceder y qué inversiones están alcanzadas
El régimen contempla las inversiones realizadas entre el 6 de marzo de 2026 y el 19 de mayo de 2028. En el caso de las obras, podrán incorporarse aquellas que al 6 de marzo de 2026 registraban un avance inferior al 30%.
Pueden acceder al RIMI:
- Empresas argentinas que cuenten con certificado MiPyME (Micro, Pequeña o Mediana Empresa, Tramo I o II)
- Entidades sin fines de lucro
Además, quienes ingresen al régimen nacional podrán adherirse al régimen provincial correspondiente mediante un procedimiento simplificado.
Se consideran inversiones productivas aquellas destinadas a incorporar bienes vinculados directamente con la actividad económica. Entre ellas se incluyen:
- Bienes de capital
- Equipamiento informático y de telecomunicaciones
- Sistemas de riego agrícola
- Mallas antigranizo y estructuras para protección de cultivos
- Animales reproductores con genética registrada
- Equipos de alta eficiencia energética y energías renovables
- Obras destinadas a procesos productivos
Quedan excluidos los activos financieros, inversiones de cartera y mercaderías.
Las inversiones serán consideradas efectivamente realizadas cuando los bienes entren en funcionamiento y se destinen a la actividad productiva.
Beneficios del RIMI: montos mínimos, ventajas fiscales y exclusiones
El monto mínimo exigido depende del tamaño de la empresa:
- Microempresas: USD 150.000
- Pequeñas empresas: USD 600.000
- Medianas Tramo I: USD 3.500.000
- Medianas Tramo II: USD 9.000.000
No obstante, las inversiones en sistemas de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo y animales reproductores quedan exceptuadas de estos mínimos.
Entre los principales beneficios fiscales del régimen se destacan:
- Depreciación acelerada en el Impuesto a las Ganancias
- Devolución de créditos fiscales de IVA, dentro de los límites previstos por la Ley de Presupuesto
No podrán acceder al RIMI quienes hayan sido condenados por delitos tributarios, aduaneros o vinculados con la responsabilidad penal empresaria, las empresas declaradas en quiebra, quienes mantengan deudas fiscales firmes o quienes ya reciban beneficios del RIGI para la misma inversión.
Para conservar los incentivos, los bienes incorporados deberán permanecer afectados a la actividad productiva durante un plazo mínimo de dos años desde su puesta en funcionamiento. En caso de incumplir esa condición, los beneficios podrán caducar.
Con la expansión del régimen a distintas provincias, el RIMI se posiciona como una alternativa para impulsar nuevas inversiones productivas. En este contexto, la planificación tributaria y el cumplimiento de los requisitos establecidos serán determinantes para aprovechar las ventajas fiscales y mantenerlas a lo largo del tiempo.