Cuál es el paso a paso para el pago y la declaración por separado de Ganancias Simplificado sin perder beneficios
Ante la postergación de la declaración jurada, manteniendo el pago para el próximo lunes 27 de julio, es fundamental cumplir con una estrategia de tres pasos para mantener los beneficios del Régimen de Impuesto a las Ganancias Simplificado. También hay novedades en las formas de pago.
"Debido a que el prometido proyecto modificatorio de la Ley de Inocencia Fiscal no ha ingresado al Congreso, existe un estado de "limbo" administrativo, por lo que muchos contadores mantienen las declaraciones juradas en borrador", destacó Marcelo D. Rodríguez, CEO de MR Consultores en una charla especial de su Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria
"Ante esta situación, ARCA postergó la fecha de presentación de declaración jurada de Ganancias, pero no así el plazo de pago, por lo que persiste la urgencia de tomar decisiones antes de los vencimientos de agosto", señaló, y precisó:
Cómo cumplir con Ganancias Simplificado con un pago estimado
La clave del éxito de Ganancias Simplificado, de tal modo que rija la presunción de exactitud para el año base y el tapón fiscal para los no prescriptos, es que el monto pagado debe coincidir exactamente con el monto que se declarará posteriormente. No puede existir ni un centavo de diferencia.
Paso 1 Pago con plazo 27 de julio: debe realizar el ingreso del impuesto correspondiente al "período fiscal base". Aunque todavía no haya presentado la declaración, debe calcular el monto y pagarlo para esta fecha.
Paso 2 Presentación con plazo 27 de agosto: debe presentar la declaración jurada del período fiscal base haciendo que el saldo a ingresar sea exactamente igual a lo que pagó el 27 de julio.
Paso 3 Declaración rectificativa antes de que ARCA envíe una Orden de Intervención, con el valor real que da la declaración jurada de Ganancias Simplificado y pago con los intereses
Cumplir con la presentación y el pago en tiempo y forma otorga la certeza de "bloquear" el período fiscal base 2025), dificultando que ARCA realice inspecciones retroactivas.
Qué novedades aprobó ARCA para el pago en fecha
Para el pago que vence el 27 de julio, existen diversas modalidades válidas para asegurar el beneficio y, dado que el pago vence antes que la presentación, ARCA permite ingresar el saldo manualmente:
Debe ingresar al sitio web en la sección de "Presentación de DDJJ y Pagos".
- Se cargan los datos de la obligación de forma manual en la pantalla de validación de deuda para generar el VEP.
- También es posible realizar compensaciones a través del trámite de "Presentación Digital", aunque esto es novedoso y todavía no está probado el mecanismo.
- Asimismo, se puede ingresar a un plan de facilidades de pago, incluso sin haber presentada aún la declaración jurada.
Cuál es la importancia de la rectificación espontánea
La rectificación espontánea es una herramienta fundamental dentro del Régimen de Liquidación Simplificada, ya que permite al contribuyente corregir errores u omisiones en su declaración original sin perder los beneficios del régimen.
El mayor beneficio es que permite mantener el "periodo fiscal base" y los beneficios del bloqueo fiscal. Esto significa que, al rectificar y pagar la diferencia, el fisco mantiene la presunción de exactitud sobre las declaraciones de periodos no prescriptos (2022, 2023 y 2024) para Ganancias e IVA.
Mientras se rectifique espontáneamente, la carga de la prueba para desestimar la declaración jurada recae exclusivamente en ARCA, quien solo puede impugnarla si halla una "discrepancia significativa" (superior al 15% con un piso de $5 millones, según el anteproyecto).
Dado que el pago inicial debe realizarse antes del 27 de julio, la rectificación funciona como un modo de recuperarse que quita angustia al contribuyente: si el cálculo inicial fue apresurado o incorrecto, puede subsanarse después sin que se caiga el régimen.
Según el anteproyecto de ley, la posibilidad de rectificar y mantener los beneficios podría extenderse incluso hasta después de iniciada una inspección, permitiendo subsanar la situación hasta 15 días después de una determinación de oficio.
Cuál es el paso a paso para el pago y presentación por separado
El proceso para asegurar los beneficios es el siguiente:
- Pago Inicial (27 de julio): es imperativo realizar el pago antes de esta fecha, incluso si no se tiene la determinación exacta. Se puede pagar un monto estimado para entrar al régimen.
- Presentación de la Declaración Original (27 de agosto): se debe presentar la declaración jurada original haciendo coincidir el impuesto determinado con el pago ya realizado.
- Detección del error: si al revisar los papeles de trabajo se descubre que el impuesto real era mayor, se procede a la rectificación.
- Presentación de la Rectificativa y Pago: se presenta la declaración jurada rectificativa subsanando la omisión, y se paga la diferencia de impuesto más los intereses correspondientes.
Para que sea considerada "espontánea" y conserve todos los beneficios de bloqueo, esta rectificación debe realizarse, antes de que se curse una orden de intervención (OI) por parte del fisco.
En resumen, la clave es priorizar el pago en término, ya que la normativa otorga múltiples oportunidades para rectificar "n" veces la declaración y pagar las diferencias sin perder la protección legal del régimen.
¿Hay que presentar si no sale la reforma?
Rodríguez es contundente en que no se debe esperar a la sanción de reformas para adherir a Ganancias Simplificado si se busca el beneficio del régimen.
La recomendación es pagar el 27 de julio el monto que se estima declarar y luego, el 27 de agosto, presentar una declaración jurada original que coincida exactamente con ese pago.
Si luego de presentar la original se detectan errores o diferencias, se puede rectificar la declaración jurada las veces que sea necesario y pagar la diferencia. El beneficio del bloqueo fiscal se mantiene a través de la rectificativa.
Rodríguez advierte que las fiscalizaciones a personas humanas suelen iniciarse precisamente por la falta de presentación de la declaración, pero no es común en otros casos.
Cuál es el análisis del riesgo de fiscalización
Al contrario del temor común, la probabilidad de una orden de intervención (inicio de auditoría formal y profunda de ARCA) para personas humanas es baja. No se prevé que el organismo busque masivamente "discrepancias significativas" en el régimen general, ya que su enfoque está en otros sectores de mayor impacto recaudatorio.
ARCA no suele iniciar una orden de intervención de forma directa. Generalmente, utiliza mecanismos previos como inducciones, mensajes al domicilio fiscal electrónico o fiscalizaciones electrónicas.
La Resolución 5523/2026 de ARCA sobre los parámetros de fiscalización del organismo, que es la regulación más importante del año, permite al contribuyente rectificar su situación antes de que se formalice una orden de intervención.
Aquellos contribuyentes con saldos a favor (por retenciones de viajes al exterior o gastos profesionales) representan un riesgo menor para ARCA y tienen mayor flexibilidad para gestionar su situación.
Para la declaración jurada, es fundamental basarse en la información que el propio fisco sugiere (ingresos registrados), pero asegurándose de incorporar manualmente aquello que el sistema no detecta automáticamente, como honorarios, dividendos, rentas de fuente extranjera o alquileres.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que, para hacer coincidir el pago con la declaración jurada que se presentará el 27 de agosto, se pueden descartar todos los datos de ARCA y realizar la declaración de cero, para luego rectificar.