Cómo inciden los nuevos cambios de normas en las cargas sociales
Con la nueva ley 26.222, publicada en marzo pasado, se incrementó el tope para el cálculo de los aportes jubilatorios de los trabajadores. El nuevo llímite se ubica en $6.000 lo que modifica el esquema de las cargas patronales que afrontan las empresas.
Cambio de escenario
Desde la firma Arizmendi sus especialistas precisaron que el incremento para el cálculo del aporte del trabajador, destinado únicamente al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), se elevó desde el 1° de abril pasado a 75 veces el valor MOPRE arrojando un valor total de $6 mil mensuales.
Para el resto de los aportes del trabajador, tanto los destinados al Instituto de Jubilados y Pensionados - ley 19.032 - y el referido a las Obras Sociales - ley 23.660, el tope máximo se mantiene en el equivalente a 60 veces el valor MOPRE , o sea $4.800.
El porcentaje aplicado para calcular los aportes jubilatorios depende del régimen en el cual se encuentre el trabajador. Si se encuentra en el régimen de Reparto aporta el 11% con límite en $6 mil.
Respetando el mismo tope, los empleados que están dentro del régimen de Capitalización hasta fin de año aportarán el 7%. Desde 2008, el prcentaje se igualará con el implementado para Reparto.
Aquellos trabajadores que ingresen al mercado a partir del 28 de mayo, sin importar el régimen elegido, aportarán el 11%.
Por su parte, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que la 28 del aplicativo SIJP deberá ser obligatoriamente utilizado por todos los empleadores.
Aquellos que por el periodo abril 2007, antes de la vigencia de la versión 28, utilizaron las anteriores versiones, teniendo empleados con remuneraciones superiores a $4.800, deberán rectificar la declaración jurada confeccionando la misma "por nómina completa" ,utilizando la nueva versión 28.
El ingreso de las diferencias resultantes será considerado cumplido en término, siempre que se efectúe hasta el 28 de mayo de 2007.
Infobaeprofesional