Arranca otra etapa de pagos de Bienes Personales y Ganancias
La semana es clave respecto de los vencimientos anuales de Ganancias y Bienes Personales. Se reúnen las obligaciones centrales en relación a los grávamenes que alcanzan a la riqueza de las personas físicas respecto a las declaraciones juradas anuales de 2006.
Ganancias – Bienes Personales
Declaración jurada anual
A lo largo de lasemana, a partir del martes, las personas físicas y sucesiones indivisas radicadas en el país que tengan participación en sociedades con cierre de ejercicio en diciembre deberán presentar la declaración jurada e ingresar el saldo correspondiente al 2006.
Las que no tengan participación en sociedades, ya perfeccionaron la obligación el mes pasado.
La presentación se realiza, de acuerdo al número de la CUIT, a partir del martes próximo. El ingreso del saldo se deberá producir el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada.

Desde este año se implantó la posibilidad de declarar de manera unificada Ganancias y Bienes personales.
De esta manera, la rendición de los tributos se profundiza con los mismos requisitos que Bienes Personales solicita en cuanto al detalle de las propiedades inmobiliarias, automóviles o embarcaciones, típicas del gravamen y que no se incluían en las declaraciones de Ganancias con tanto nivel de detalle.
El uso del nuevo software denominado "Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales, versión 8.0, release 1" permite acceder a facilidades para cancelar el saldo y perfeccionar la obligación. Se contempla la cancelación en 3 cuotas sin intereses.
Mínima presunta
Por su parte, las empresas, sociedades o explotaciones unipersonales ubicadas en el país, pertenecientes a personas domiciliadas en el mismo, cuyos cierres coincidan con el año calendario también se verán obligadas a partir de hoy a ingresar la declaración jurada anual correspondiente al 2006 respecto al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
La presentación se realiza, de acuerdo al número de la CUIT, a partir de hoy. El ingreso del saldo se deberá producir el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada.
Seguridad Social
Regímenes de retención
El viernes vencen distintos regímenes de retención de la Seguridad Social y Obras Sociales. Entre ellos, es posible mencionar:
- El referido a las empresas que contratan servicios de limpieza.
- El régimen de retención para empresas que contratan servicios de seguridad.
- El régimen de retención para servicios eventuales.
En todos estos casos, los agentes del fisco tendrán que utilizar el aplicativo "SIJP, Retenciones y Percepciones, versión 4.0".
Para ingresar las retenciones correspondientes a la primera quincena de mayo, corresponde la generación del formulario 910 y el disquette correspondiente.
Ingresos Brutos
Entre el 14 y 18 de mayo la clave será el pago del impuesto tanto para contribuyentes de pago mensual como aquellos del régimen de convenio multilateral.
El vencimiento se programa según la terminación del CUIT, y de ser contribuyente bonaerense, el mismo puede cancelarse a través de la página web de Rentas de la provincia.
Hernán Gilardo
hgilardo@infobae.com