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Impuestos

ARCA desregula trámites aduaneros para facilitar el comercio exterior

Los operadores de comercio exterior tenían graves obligaciones respecto de la documentación pertinente que ahora desaparecen por decisión de ARCA

24/09/2026
Actualizado 08:41hs

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) desreguló trámites aduaneros, para simplificar las tareas de importadores y exportadores respecto de la documentación involucrada, así como también para la propia Aduana.

La Resolución General 5900/2026 de ARCA establece una nueva etapa en la modernización y desregulación de los trámites aduaneros, con cambios en el archivo de documentación relacionada con el comercio exterior.

Firmada por el Director Ejecutivo de ARCA, Andrés Vázquez, y publicada este jueves 24 en el Boletín Oficial, la medida busca eliminar trabas burocráticas y costos innecesarios para simplificar la tarea de los operadores de comercio exterior y para la propia administración pública.

Diagnóstico, antecedentes y marco legal de la desregulación aduanera

El archivo, la conservación digital y la posterior destrucción de legajos aduaneros imponían una pesada carga económica y operativa. La nueva norma se fundamenta en los objetivos de facilitación aduanera, derivados del DNU 70/2023.

En la elaboración del texto intervinieron la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, Control Aduanero, Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General de Aduanas (DGA).

El texto repasa la evolución normativa que ahora se simplifica:

RG 2.573: definió la figura del declarante como depositario fiel, obligado a custodiar y presentar la documentación.

RG 2.721: reglamentó el archivo digital, ya sea en forma directa (auto-archivo) o mediante un Prestador de Servicios de Archivo y Digitalización (PSAD).

RG 2.987: dispuso que el legajo de la declaración es propiedad de la agencia.

RG 4.654 y RG 5.043: fijaban un estricto régimen de autorizaciones, preavisos y presencia obligatoria de veedores oficiales para poder destruir documentación vencida.

Qué dice la nueva Resolución 5.900 de ARCA

La resolución de ARCA establece nuevas reglas para la conservación y destrucción y, además, precisa:

Modalidad de guarda

El depositario fiel continúa siendo el responsable legal del resguardo de los documentos, pudiendo optar libremente por el auto-archivo o por la contratación de un PSAD habilitado.

Plazos y eliminación autónoma

Plazo de guarda: la obligación de conservar el legajo se extiende únicamente hasta que opera la prescripción de la acción del fisco respecto de la destinación u operación aduanera en cuestión.

Destrucción libre y sin trámite previa: una vez prescripta la acción fiscal, el depositario fiel puede disponer libremente del material y destruirlo por el método que considere conveniente, bajo su exclusiva responsabilidad. Se eliminan las autorizaciones previas, los preavisos y la necesidad de contar con veedores del organismo.

La única excepción es la documentación vinculada a procesos administrativos o judiciales en curso, la que debe conservarse hasta la finalización definitiva de los mismos.

Operaciones históricas (anteriores al 3 de agosto de 2009): aquellas tramitaciones archivadas por el propio organismo con anterioridad a esa fecha continúan bajo las pautas de la Disposición 455/98 (AFIP).

También se modifican los canales de información, vigencia y publicación, y se establece que toda la guía procedimental operativa estará disponible en el micrositio "Depositario Fiel" dentro del sitio web de ARCA (https://www.arca.gob.ar).

La norma entra en vigor desde el día de su publicación en el Boletín Oficial (24/09/2026). El cronograma de implementación gradual de sus disposiciones se publicará en el mencionado micrositio web.

Así, ARCA simplifica los trámites aduaneros sobre archivo, conservación y destrucción de la documentación pertinente, para facilitar la tarea de los operadores de comercio exterior.