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Impuestos

Un dictamen para la Corte Suprema frena el impuesto bonaerense a mercadería internacional

La provincia de Buenos Aires cobra un adicional de Ingresos Brutos a la actividad portuaria con mercadería con origen o destino fuera del país

30/09/2026
Actualizado 10:26hs

Un dictamen de la Procuración General de la Nación rechaza el cobro del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la actividad portuaria por la provincia de Buenos Aires, cuando la mercadería tuviera procedencia o destino "fuera del país", y afirma que invade potestades nacionales, a pedido de la Corte Suprema de Justicia.

En qué consiste el conflicto sobre Ingresos Brutos portuario

En la demanda promovida por Delta Dock S.A. contra la provincia de Buenos Aires mediante una acción declarativa de certeza, la empresa solicita que se declare la inconstitucionalidad del artículo 100 de la ley provincial 15.170 que estableció un incremento adicional extraordinario en Ingresos Brutos sobre actividades de logística, en concreto con actividades de explotación de terminales portuarias bonaerenses.

El recargo consiste en una suma fija por tonelada o fracción superior a 500 kg de mercadería cargada, descargada y removida.

Mediante la Resolución Normativa ARBA 31/2020, se precisó que el importe adicional correspondía abonarse cuando la mercadería tuviera procedencia o destino "fuera del país".

Qué dice el dictamen de la Procuración sobre el recargo

El dictamen fiscal en Delta Dock concluye que el tributo provincial resulta arbitrario y discriminatorio debido a que incrementa la carga impositiva según el origen o destino internacional de los productos.

Asimismo, sostiene que la normativa local invade las atribuciones exclusivas del Estado nacional para regular el comercio interjurisdiccional y exterior, por lo que aconseja hacer lugar a la demanda interpuesta.

"La Procuración entiende que la provincia creó un gravamen que trata más gravosamente a la actividad de la empresa según el origen o el destino de la mercadería, sin que se haya justificado esa diferencia, en tanto se asienta exclusivamente en que la carga tenga origen o destino fuera del país", señala Amparo Godoy, abogada de Russell Bedford Argentina.

"Adicionalmente, el dictamen recuerda la doctrina de la Corte según la cual la carga y descarga de mercaderías es una operación propia del transporte interprovincial e internacional, comprendida en la cláusula comercial de la Constitución Nacional", explica.

"Y aclara que las provincias pueden gravar las actividades desarrolladas en su territorio, pero no diferenciar según el origen o destino de la mercadería, porque así invaden una facultad exclusiva del Congreso y desalientan la actividad portuaria con mercadería proveniente o destinada al exterior.", agrega.

Qué estrategia puede se puede aplicar ante el impuesto portuario

"Si bien estamos ante una opinión de la Procuración, que no es vinculante ni definitiva, y aún se espera la sentencia de la Corte, es previsible un resultado favorable a los contribuyentes, dada la afectación de derechos, garantías y principios constitucionales y la intromisión en facultades exclusivas del Estado nacional", afirma Francisco Peris, de Russell Bedford Argentina.

"Los contribuyentes alcanzados deberán evaluar la estrategia más conveniente: ingresar el adicional bajo protesto, tomar la decisión de repetir lo pagado, o bien promover una acción declarativa de certeza como la de Delta Dock, con la petición de una medida cautelar que proteja el patrimonio del sujeto interesado.", concluye Peris

Cómo es actualmente el pago extraordinario de Ingresos Brutos

El pago extraordinario se estableció en la pandemia de 2020. "Sin embargo, como la mayoría de nuestras experiencias extraordinarias, terminó transformándose en ordinaria, ya que el adicional fue incluido año a año en la ley impositiva bonaerense, incluyendo al período actual del 2026, conforme art. 163 de la ley provincial 15.558", señala Peris.

"El gravamen adicional abarca trece códigos del nomenclador de actividades, incluyendo a la manipulación de carga en el ámbito portuario, el almacenamiento y depósito en silos y cámaras frigoríficas, entre otros, siempre que se encuentre vinculado con la explotación de terminales portuarias ubicadas en puertos de la provincia de Buenos Aires y por la operación efectiva de carga, descarga o remoción.", indica.

Cuáles son los fundamentos centrales del dictamen

Violación de la garantía de igualdad y razonabilidad

La norma impone una carga tributaria más gravosa exclusivamente en función del origen o destino exterior de la mercadería.

No existe una justificación razonable ligada a la actividad portuaria gravada ni a una capacidad contributiva diferencial que ampare esa distinción.

Condicionar el nivel del tributo al origen/destino internacional lesiona la libertad de contratación de la operadora portuaria y el principio de igualdad ante las cargas públicas respecto de quienes operan con mercadería nacional.

Invasión de facultades federales y Cláusula Comercial

Las tareas de carga y descarga en puertos integran el proceso de transporte e intercambio del comercio interprovincial e internacional.

Aunque las provincias conservan su poder tributario territorial, no pueden fijar impuestos discriminatorios que actúen como derechos aduaneros o erijan barreras al tráfico exterior.

Al desalentar la operatoria portuaria con destino u origen internacional, la provincia invadió la facultad exclusiva e indelegable del Congreso Nacional para reglar el comercio internacional.

La Procuración General aconseja a la Corte Suprema de Justicia hacer lugar a la demanda de Delta Dock S.A. y declarar la inconstitucionalidad el adicional del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad portuaria internacional.