Ganancias de empresas: desde cuándo será obligatorio el nuevo sistema de ARCA
El organismo reemplazará de manera progresiva el aplicativo utilizado para presentar las declaraciones juradas de Ganancias de sociedades y empresas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) migrará las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias de empresas. El servicio "Ganancias Personas Jurídicas" será 100% online y reemplazará de forma progresiva al programa aplicativo utilizado hasta ahora.
El nuevo mecanismo estará disponible desde el 19 de octubre de 2026 y tendrá inicialmente un período de transición. La posibilidad de usar una u otra opción dependerá de la fecha de cierre del ejercicio comercial, por lo que no todas las empresas deberán migrar al sistema web de manera inmediata.
La medida fue establecida mediante la Resolución General 5908/2026, publicada el 5 de octubre, y contempla dos etapas. Por un lado, una primera de utilización opcional y, por otro lado, una segunda en la que el servicio web pasará a ser obligatorio.
Cuándo será obligatorio el nuevo sistema de Ganancias
La primera etapa comenzará el 19 de octubre de 2026 y se extenderá hasta el 28 de febrero de 2027. Durante ese lapso de tiempo, las empresas podrán optar entre confeccionar y presentar sus declaraciones juradas a través de "Ganancias Personas Jurídicas" o seguir usando el programa aplicativo vigente.
Esta posibilidad alcanza a las declaraciones correspondientes a ejercicios comerciales cuyos cierres hayan operado desde junio de 2026 inclusive. Es decir, la fecha de cierre del ejercicio será el dato que determine si la empresa queda alcanzada por el nuevo esquema de transición.
Sin embargo, desde el 1 de marzo de 2027 el servicio web pasará a ser obligatorio para esos ejercicios. Es decir, las declaraciones juradas comprendidas en el nuevo régimen deberán confeccionarse y presentarse mediante la plataforma de ARCA.
Para acceder al nuevo servicio será necesario contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior.
Qué empresas deberán seguir usando el aplicativo anterior
La transición no implica que todas las declaraciones de Ganancias de empresas pasen automáticamente al sistema web. Las declaraciones juradas correspondientes a ejercicios comerciales con cierres anteriores a junio de 2026 deberán continuar confeccionándose mediante el programa aplicativo vigente. La misma regla alcanza tanto a las declaraciones originales como a las rectificativas.
Por lo tanto, una empresa con un ejercicio cerrado antes de junio de 2026 no deberá migrar esa declaración al nuevo servicio por el solo hecho de que la plataforma web ya esté disponible.
El criterio elegido por ARCA permite mantener separados los dos sistemas durante la transición. De esta forma, las declaraciones de ejercicios alcanzados por la nueva herramienta podrán pasar al servicio online, mientras que las anteriores continuarán bajo el mecanismo utilizado hasta el momento.
Qué pasa si una empresa tiene que presentar una declaración rectificativa
La resolución también establece una regla específica para las declaraciones juradas rectificativas. Cuando una empresa necesite modificar una declaración presentada anteriormente, deberá utilizar el mismo mecanismo que empleó para confeccionar y presentar la declaración jurada original.
Esto significa que no alcanza con mirar la fecha en la que se presenta la rectificativa. También será necesario identificar con qué herramienta fue presentada la declaración original.
Por ejemplo, si una empresa presentó una declaración original mediante el aplicativo vigente, una posterior rectificativa deberá realizarse por ese mismo mecanismo. Si la declaración original fue presentada mediante "Ganancias Personas Jurídicas", la rectificativa deberá realizarse a través de ese servicio.
Las fechas que deben tener en cuenta las empresas
El cronograma de ARCA establece cuatro momentos principales para la migración de las declaraciones juradas de Ganancias de personas jurídicas.
- 5 de octubre de 2026: se publicó la Resolución General 5908/2026 en el Boletín Oficial
- 19 de octubre de 2026: comienza a estar disponible el servicio "Ganancias Personas Jurídicas"
- 19 de octubre de 2026 al 28 de febrero de 2027: el uso del nuevo sistema será opcional para ejercicios cerrados desde junio de 2026
- 1 de marzo de 2027: comienza la utilización obligatoria del servicio web para esos ejercicios
- Ejercicios cerrados antes de junio de 2026: continúan bajo el programa aplicativo vigente
La resolución también establece que las novedades, características, funciones y aspectos técnicos del nuevo servicio podrán consultarse en el micrositio "Ganancias y Bienes Personales" de ARCA.