Quiénes se ocultan detrás de las llamadas "facturas truchas"
Los renombrados casos de facturas apócrifas pusieron nuevamente en escena un tema donde la recaudación se ve afectada por maniobras "pergeniadas" causando un perjuicio fiscal. IVA y Ganancias son los impuestos objetivo de quienes recurren a estos mecanismos bajo la modalidad de inventar operaciones, vendedores, empresas fantasma, entre otros.
No es tan poco habitual hablar de usinas de facturas u operaciones de "mala fe". En este contexto, donde no existe directamente la operación y se busca cerrar la caja o disminuir el pago de impuestos o cuando existe la transacción pero se oculta a los verdaderos sujetos intervinientes en ella es donde resulta creciente el número de denuncias por facturas apócrifas.
¿Qué hay detrás de las maniobras de evasión?
Qué busca quien recurre a las facturas truchas es obviamente no tributar o hacerlo en menor cuantía, ocultando la veracidad de las operaciones o simulando otras que no sucedieron nunca.
Detrás de ello se esconden salidas no documentadas de fondos, que una empresa, contribuyente, quiere justificar y no puede o se busca deducir en el balance impositivo -a los fines de Ganancias- más allá del monto que le corresponde.
En lo que respecta al IVA, recurren a tomarse más crédito fiscal o créditos que no corresponden e incluso recurren a utilizar las retenciones del impuesto a tal fin.
Es cuando aparece un intermediario oculto; es decir, nada menos que de "cuando el productor o intermediario real no da la cara ante el adquirente, siendo reemplazado por el vendedor ficticio", aseguró el tributarista Humberto Bertazza en el Consejo Profesional de la Ciudad.
En consecuencia, entran a jugar en la maniobra:
- El intermediario o productor real: que es quien recurre al vendedor ficticio.
- El adquirente: liquida operaciones en nombre de los vendedores, usan cheques y depositan retenciones al fisco.
- El vendedor ficiticio: que está incluso inscripto ante la AFIP.
Entonces, bajo aparente legalidad el intermediario o productor resal no aparece en la operación y, aunque ésta exista, la documentación no refleja la realidad porque el vendedor es ficticio. El porqué hacen esto es justamente porque si la operación no existe la AFIP puede impugnar directamente.
Para detectarlo el fisco no ve los formalismos porque no revelarían nada. Contrariamente, verifica si el vendedor es verdadero "su capacidad operativa", señala Bertazza.
Esto significa que la AFIP controla el domicilio, si existe el empleador, qué actividad declaró y cuál es la real. Si las autoridades fiscales detectan la situación se impugnarán los créditos fiscales.
Al respecto, Jorge Rodríguez Córdoba, socio del Estudio Razzetto, López, Rodríguez Córdoba, advirtió que actualmente "es muy común detectar facturas que cumplen con los requisitos formales, pero igualmente son apócrifas ", de modo que aún este control no resulta suficiente para cubrirse del riesgo de involucrarse en una maniobra evasiva
El modus operandi y las sanciones
César Litvin, socio del Estudio Lisicki-Litvin & Asociados, advirtió sobre las sanciones aplicables "quienes emiten, conocidas como usinas de facturas, entran en el régimen de la Ley Penal Tributaria mediante la figura de Asociación Ilícita, prevista en el artículo 15 inciso c".
"Por su parte el usuario comete el delito de evasión simple o agravada, según la Ley Penal Tributaria, de acuerdo al monto comprometido", aclaró el tributarista, y remarcó que los ajustes procedentes son los siguientes:
- Impugnación del IVA computado.
- Impugnación de la deducción del gasto.
"Lo considera una salida no documentada, por lo cual se debe ingresar el 35% del monto de la factura, en concepto del dinero que se llevó el tercero involucrado", sintetizó.
Alejandro González Escudero, Presidente de Fundecos (Fundación Economía y Sociedad) señaló que "no hay un tratamiento unificado en este caso, algunos trataron de equiparar las facturas apócrifas a las salidas no documentadas. Con esto lo que se quiere es sustraerla de la Ley Penal tributaria".
Así, aclaró que "la AFIP tiende a denunciar a las empresas que tienen registradas las facturas aparentemente apócrifas pero sólo denuncia a los emisores cuando supone que puede existir una usina", aseguró el especialista.
Respecto a la participación de los contadores, remarcó "últimamente se tiene más cuidado para denunciar a los auditores de los Estados Contables de las empresas que hayan registrado presuntas facturas truchas, ya que realizando bien su trabajo puede llegar a no detectar la facturación apócrifa".
¿Cuándo es válido un comprobante recibido?
Aún obrando de buena fe un contribuyente podría recibir un comprobante y pensar que no tiene irregularidad alguna, por desconocimiento o simplemente distracción. La importancia impositiva de este control recae en que si "no resultan válidos", entonces no pueden:
- tomarse los créditos fiscales de las facturas apócrifas para la liquidación del IVA.
- tampoco las deducciones pueden computarse en Ganancias cuando se trate de gastos para la actividad gravada.
Un punto a tener en cuenta que señaló el especialista es que "no es suficiente tener una factura para demostrar una operación y, consecuentemente, para demostrar el crédito fiscal en el IVA o bien los gastos deducibles en Ganancias", advirtió.
De todos modos, el fisco debe probar la "connivencia" o conocimiento del adquirente de modo de "rechazar" la carga probatoria.
Litvin agregó que, en lo referido a cómo la AFIP detecta a los potenciales compradores de facturas truchas, "se investiga por medio de bases de datos. Cuando cae una usina se conoce a los demás usuarios".
Gonzalez Escudero, aseguró -respecto de los casos que se encuentran bajo análisis en el Tribunal Fiscal de la Nación- que se está pidiendo que las empresas demuestren que la prestación o entrega de bienes efectivamente existió", señaló el profesional.
"En los casos de Ley Penal Tributaria, se investigan las operaciones y se citan a los participantes para declarar. íšltimamente la AFIP está denunciando sin demasiada discriminación todos los casos que superan los $100 mil penalmente, con esto lo que se está produciendo que muchos casos está ingresando al fuero penal por estar el límite demasiado desactualizado", concluyó el experto.
Samanta Linares
slinares@infobae.com