Extienden plazo para ingresar en el régimen de crédito fiscal
Se extendió hasta el próximo 4 de octubre el plazo para que las empresas presenten proyectos de capacitación dirigidos a empleados de las pyme. Como contrapartida recibirán certificados de crédito fiscal que podrán ser utilizados para cancelar el Impuesto a las Ganancias, Mínima Presunta, Iva e internos.
Originalmente el plazo caducaba el próximo 20 de septiembre. La extensión se dio a conocer hoy mediante la publicación en el Boletín Oficial de la disposición 347/2007 emitida por la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional (SEPYME).
En los considerandos de la nueva norma se explica que la decisión se tomó "debido a haber recibido una cantidad de correos electrónicos, notas y llamados telefónicos de empresas solicitando que se disponga la prórroga del plazo fijado para la presentación de los proyectos".
Régimen
Mediante la disposición (SEPYME) 302/2007 se reglamentó la entrega de $10 M para las empresas que presenten proyectos de capacitación dirigidos a empleados de las pyme.
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) podrán financiar proyectos mediante el régimen por un importe equivalente al 8 por ciento de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones y sus respectivos aportes o contribuciones patronales, abonados en el ejercicio fiscal correspondiente a los 12 últimos meses.
En el caso de las grandes empresas la financiación de proyectos mediante el régimen es de un 8 por mil, por los mismos conceptos y período indicado precedentemente.
Los proyectos deberán encuadrarse dentro de las siguientes modalidades:
- Presentados por una o más empresas para la capacitación de una hasta diez micro, pequeñas y medianas empresas (recibirán el 15% del cupo).
- Presentados por una o más micro, pequeñas y medianas empresas para su propia capacitación (absorverán el 65% del crédito fiscal a otorgarse).
- Presentados por una micro, pequeña o medianas empresas , cuyo inicio de actividades sea posterior 1 de junio de 2005, para su propia capacitación (concentrarán el 20% restante).
El monto máximo de reintegro que podrá solicitarse por los gastos a efectuar en un proyecto de crédito fiscal para capacitación se ubicará entre los $120 mil y $150 mil de acuerdo a la modalidad de la iniciativa.
Los certificados de crédito fiscal otorgados sólo podrán ser utilizados para la cancelación de obligaciones fiscales emergentes de:
Impuesto a las Ganancias. Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. IVA. Impuestos internos.
Se excluyen expresamente los impuestos o gravámenes destinados a la Seguridad Social.
Hernán Gilardo
hgilardo@infobae.com