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Rentas porteña fijó el calendario de vencimientos 2008

A través de la resolución 2794 establecieron los plazos aplicables a la cancelación de Ingresos Brutos, Alumbrado, Barrido y Limpieza, Patentes y otros
23/10/2007 - 14:01hs
Rentas porteña fijó el calendario de vencimientos 2008

A través del Ministerio de Hacienda, el Gobierno porteño estableció los vencimientos fiscales de los impuestos a cargo de la Dirección General de Rentas correspondientes al ejercicio 2008.

Los plazos corresponden a la cancelación de las obligaciones del Impuesto a los Ingresos Brutos, las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, de Patentes sobre vehí­culos, entre otros.

El nuevo esquema de vencimientos fue establecido por la resolución 2.794 emitida por el Ministerio de Hacienda porteño

Calendario

* Ingresos Brutos

Para los contribuyentes inscriptos en el régimen de Convenio Multilateral y Contribuyentes Locales, los vencimientos operarán en las siguientes fechas de acuerdo a la terminación del número de inscripción (dí­gito verificador):

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Asimismo, los contribuyentes en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos tributarán de acuerdo al siguiente esquema:

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Respecto a la presentación de la declaración jurada final por el perí­odo fiscal 2007, para aquellos responsables del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, comprendidos en la categorí­a de contribuyentes el esquema será el siguiente:

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* ABL
El ingreso anual correspondiente a las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras se podrá cancelar al contado con un descuento del 10% directo, o en 6 cuotas, que vencerán en las fechas que se indican a continuación:

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* Patentes
El gravamen anual a tributar en concepto de Patentes Sobre Vehí­culos en General se percibirá al contado con el 10% de descuento directo, o en 6 cuotas, que vencerán en las fechas que se indican a continuación:

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La norma completa el esquema de vencimiento al informar los plazos vigentes para los siguientes gravámenes:

  • Embarcaciones Deportivas o de Recreación
  • Contribución por Publicidad
  • Contribución Proveniente del Abasto

En los considerandos de la reciente resolución se explica que "resulta necesario establecer las fechas de vencimiento de los gravámenes que administra la Dirección General de Rentas para el ejercicio fiscal 2008, a fin de tomar los recaudos que permitan llevar a cabo los procesos informáticos pertinentes con la suficiente anticipación".

Hernán Gilardo
hgilardo@infobae.com