Misiones cobra impuestos en su propia aduana
El ingreso de mercaderías a la provincia de Misiones implica un pago a cuenta del anticipo del impuesto sobre los Ingresos Brutos, y por este motivo se estableció un suerte de aduana interna.
La Dirección de Rentas de esa provincia, determinó mediante el decreto 2.913/07 publicado en 18 de diciembre en el Boletín Oficial de esa provincia que quedará establecido un régimen de pago a cuenta de los anticipos de Ingresos Brutos respecto de los productos o mercaderías que ingresen para su compraventa, informó el diario El Cronista.
La medida agrega además, que también están comprendidas las remisiones entre fábricas o sucursales, entregas en depósito o en consignación, y también la prestación de servicios de transporte.
Ignacio Fernández Borzese y Judith Cohen de TWR Abogados, declararon al matutino que "lo primero que hay que decir de este régimen es que es dudosamente constitucional, pues la base del sistema de pago a cuenta es gravar operaciones que todavía no han sido facturadas.
En efecto, la norma exige el pago del anticipo antes de la facturación y aún antes de la entrega de los productos". En ese marco, la resolución 56/07 dispone que el anticipo debe pagarse antes del transporte de la mercadería, motivo por el que Rentas colocó diversos puestos que controlan el pago del tributo en todas las vías de acceso a la provincial.
La tasa del anticipo llega al 2,38% para los contribuyentes con domicilio fiscal en otras provincias y al 3,4% para quienes tiene domicilio en Misiones.
En los dos casos el cálculo del anticipo se paga sobre el precio de venta neto de IVA, además, la Dirección de Rentas estableció valores mínimos de los productos. De esa forma si uno entrega mercadería por un importe menor al valor mínimo, el propio puesto en la ruta podría exigir el ingreso de la diferencia.
En cuanto a las sanciones para quienes no pagan este impuesto, está prevista la clausura de la empresa y el decomiso de la mercadería. Fernández Borzese y Cohen aseguraron que las sanciones además de parecer improcedentes, resultan excesivas y el concepto aplicado Misiones difiere del hecho imponible de Ingresos Brutos ya que este impuesto requiere que exista un ingreso –al menos devengado- y hasta la entrega de la factura, no puede hablarse de un devengamiento, concluyó el matutino.