La AFIP deberá devolverle a Osecac casi $10 millones
La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá devolverle a la Obra Social de Empleados de Comercio (Osecac) $9,6 millones en concepto de comisiones cobradas por el servicio de recaudación de los aportes.
Tanto los jueces, en primera y en segunda instancia consideraron que las comisiones son de "naturaleza tributaria" y debe aprobarlas el Congreso.
"La mera circunstancia de que los particulares se beneficien con la actividad solventada por el Estado no es fundamento suficiente para imponerles, sin base legal, la carga de pagar por el servicio", dice el fallo publicado por el matutino Clarín en su edición de hoy.
El reclamo de Cavalieri se inició en 1994, pero se profundizó en 1998 cuando, vía decreto, se autorizó a la AFIP a cobrarles a las ART y AFJP una tasa del 0,7% por el servicio de recaudación de los aportes a esas entidades. La nueva normativa no incluyó a las obras sociales, pese a que la AFIP desde 1994 les venía reteniendo el 0,4% de los aportes recaudados.
La AFIP argumentaba que los bancos le cobran una comisión por la recaudación de los impuestos y aportes que luego deriva a las ART, AFJP u obras sociales, por lo que correspondía que éstas soportaran el gasto, según lo consignado por el matutino.
Previendo los fallos adversos, en noviembre de 2000 el Congreso incluyó en una ley impositiva una cláusula que autoriza al Gobierno a descontar a esas entidades el 0,7% del total recaudado. Pero como la norma no puede ser retroactiva, el 0,7% rige sólo desde diciembre de ese año.