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Se harán más cambios en las nuevas obligaciones fiscales online

Infobaeprofesional.com señala las restantes modificaciones que surgen de la nueva resolución oficializada hoy. Conozca los detalles de la norma
27/06/2008 - 14:04hs
Se harán más cambios en las nuevas obligaciones fiscales online

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya tomó la decisión. La prórroga en la implementación obligatoria de la nueva herramienta no será el único cambio que introducirá el fisco nacional.

Al respecto, infobaeprofesional.com señala las restantes modificaciones que surgen de la reciente resolución oficializada hoy. Conozca los detalles.

De esta manera el fisco da respuesta a los planteos elevados tanto desde la Unión Industrial Argentina (UIA) como de diversas organizaciones profesionales.

Adelantos
Desde Tributum confirmaron a este medio que los cambios contenidos en la resolución serán complementados con las siguientes modificaciones:

  • Los montos que se carguen en la cuenta corriente del contribuyente en concepto de multas por falta de presentación o pago de impuestos, tendrán el carácter de "condidional".

Esto es así­, ya que no se sabe si el contribuyente hará su descargo o incluso entablará una acción ante tribunales administrativos o judiciales.

De esta manera da solución a un problema que Teresa Gómez, directora del Departamento de Procedimiento Tributario del estudio Harteneck-Quian & Asociados, adelantó a este medio.

Gómez sostuvo que uno de los inconvenientes más preocupantes se da "cuando el fisco carga contra el saldo del contribuyente las multas mal llamadas automáticas sin saber si el obligado las va a recurrir o no".

  • Se dará la posibilidad de que las empresas informen en carácter de "disconformidad" las retenciones o percepciones sufridas, cuando encuentren diferencias con los montos consignados por los respectivos agentes de recaudación.

Por lo tanto se da respuesta al problema adelantado por Enrique Scalone, vicepresidente 1° de la IFA -International Fiscal Association- y titular del estudio que oportunamente advirtió "que hay algunas inconsistencias que se producen en el subsistema denominado "Mis Retenciones" donde muchas veces no aparecen cargadas por los agentes de recaudación las retenciones efectuadas".

Voz oficial
Mediante un comunicado, la AFIP confirmó el adelanto dado por este sitio. El fisco decidió postergar el esquema escalonado de entrada en vigencia de las nuevas obligaciones fiscales online.

El sistema de cuentas corrientes tributarias, que a partir de junio pasado es obligatorio para grandes contribuyentes, comenzará a generalizarse para el resto de las empresas recién a partir de marzo de 2009.

De esta forma, el organismo estima que habrá tiempo suficiente para que los usuarios se familiaricen con el nuevo mecanismo y para solucionar los inconvenientes que aún se registran.

El cronograma de implementación que continuará a partir de marzo próximo y se extenderá progresivamente hasta septiembre de 2009 en donde estará al alcance de todos los usuarios.

Hasta el momento sólo están obligados a utilizar la herramienta online los grandes contribuyentes. Desde el pasado 2 de junio, momento en que entró en vigencia este régimen, ya se produjeron 202.165 ingresos de contribuyentes al sistema.

Respecto a las alternativas de implementación, el organismo está estudiando cuál será el esquema escalonado definitivo de entrada en vigencia. Entre las alternativas posibles se encuentra el de entrada en vigencia bimestral aunque por el momento no ha sido definido por el fisco.

En referencia a la prórroga, Alberto Coto docente universitario del área de tributación consideró acertada la prórroga dispuesta por la AFIP".

"La lógica indica que todo sistema informático sólo puede ser de utilización obligatoria en tanto el mismo haya sido lo suficientemente probado internamente como para evitar inconsistencias o errores en su utilización por parte de los contribuyentes", precisó Coto.

"De lo contrario, algo que deberí­a funcionar como una herramienta para los usuarios, produce el efecto inverso trastocándose la relación costo beneficio que supone su implantación" concluyó el especialista.

Nuevo marco
La resolución 2463 publicada hoy en el Boletí­n Oficial establece en sus considerandos "que se deja sin efecto el marco establecido por la resolución 2406".

Asimismo, determina que el sistema cuentas tributarias está destinado a "registrar y brindar información relativa a los créditos y a las deudas de los contribuyentes y responsables, así­ como a los medios utilizados para su cancelación".

Por otra parte, se aclara que el sistema "no resulta de aplicación para los monotributistas ni para el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) respecto de los aportes personales de los trabajadores autónomos".

Todas las operaciones que se realicen a través del sistema "generarán comprobantes, los cuales constituyen el soporte de la respectiva registración. La registración del monto del impuesto determinado, retenido o percibido no implica reconocimiento ni aceptación por parte de la AFIP".

Un cambio importante que da respuestas a las múltiples quejas consiste se soluciona al determinar que "la información contenida en el sistema "Cuentas estará a disposición de sus titulares, quienes podrán verificar las registraciones la AFIP realice en sus respectivas cuentas individuales".

En caso de disconformidad, podrán realizar las observaciones y reclamos que consideren pertinentes, a través del módulo "Reclamos" que será habilitado dentro del sistema.

A su vez, en el sistema se habilitarán progresivamente nuevas transacciones informáticas en sustitución de los procedimientos manuales actualmente vigentes.


Hernán Gilardo
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