Impuesto sobre los Combustibles Líquidos: nuevos requerimientos para empresas del exterior
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) adecuó la devolución del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos a empresas de transporte del exterior y estableció nuevos requisitos a los que deberán ajustarse las compañías.
La medida se dio a conocer a través de la resolución general 2759 y determina las nuevas pautas a cumplir para acceder a la devolución acelerada del saldo remanente de libre disponibilidad del Impuesto a los Combustibles Líquidos que se encuentran incluidos en las adquisiciones de gas oil no computado como pago a cuenta del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La norma, publicada en el Boletín Oficial aclara que las compañías deberán utilizar el programa aplicativo denominado "ICL Transporte internacional de Carga - Versión 2.0".
De acuerdo con el organismo recaudador, la presentación de la información producida mediante el citado programa, se efectuará por transferencia electrónica de datos a través de la página web institucional del fisco nacional (www.afip.gov.ar).
De esta manera, la AFIP busca mejorar el orden operativo ya que considera necesario efectuar determinadas adecuaciones al mismo.