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Ingresos Brutos: lanzan mecanismo para evitar retenciones y percepciones

La Agencia de Recaudación bonaerense puso un marcha un nuevo procedimiento para solicitar y autorizar la exclusión en los diferentes regí­menes
17/12/2008 - 13:28hs
Ingresos Brutos: lanzan mecanismo para evitar retenciones y percepciones

La Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) estableció un nuevo mecanismo para solicitar y autorizar la exclusión de los regí­menes de retención y percepción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La medida se dio a conocer mediante la publicación de la resolución 119/2008 que rige de manera retroactiva al 3 de diciembre pasado.

La nueva normativa establece que "los contribuyentes de Ingresos Brutos alcanzados por alguno de los regí­menes de percepción o retención deberán solicitar su exclusión, siempre que resulte fehacientemente acreditado que se generan saldos a favor de dichos sujetos en las últimas tres declaraciones juradas que se encuentren vencidas al mes anterior en que se solicitó la exclusión".

Asimismo, la resolución establece que los interesados en obtener la exclusión deberán:

  • Encontrarse inscriptos en el Ingresos Brutos.
  • Haber presentado las declaraciones juradas vencidas correspondientes a los 12 meses anteriores a la solicitud de exclusión o las que haya correspondido presentar desde el inicio de la actividad.
  • No encontrarse incluidos en la categorí­a correspondiente a alto riesgo fiscal.

Por otra parte, la resolución establece que a fin de obtener la exclusión del régimen, el contribuyente deberá acceder a la aplicación informática disponible en la página web de ARBA ingresando el número de CUIT y la CIT correspondiente, y deberá transmitir con carácter de declaración jurada los siguientes datos:

  • Nombre y apellido, o denominación o razón social.
  • Motivo por el cual se solicita la exclusión.
  • Casilla de correo electrónico.
  • Demás datos requeridos por la aplicación vinculados al desarrollo de la actividad, situación impositiva y giro económico.

Una vez efectuada la transferencia de datos, el contribuyente podrá consultar el resultado obtenido ingresando en la aplicación antes mencionada, a partir del plazo de 15 dí­as hábiles. De haberse otorgado la exclusión, el contribuyente podrá obtener, a través de la web, el certificado de exclusión del régimen que corresponda, el que contendrá los datos de identificación del contribuyente, el régimen en relación al cual se concedió la exclusión, fecha de vigencia y de finalización de la misma.

La resolución aclara que la exclusión se otorgará por un término de 6 meses o 1 año, contados a partir de la fecha de vigencia consignada en el certificado, debiendo los agentes actuar de conformidad a lo que surja del mismo.