iProfesionaliProfesional

Monotributo: piden demorar la recategorización hasta que sea aprobada la reforma

Los contribuyentes deberán actualizar su situación de acuerdo a un esquema que lleva una década sin cambios. Solicitan retrasar la obligación
14/08/2009 - 14:09hs
Monotributo: piden demorar la recategorización hasta que sea aprobada la reforma

Si bien el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, confirmó el inminente enví­o al Congreso del proyecto de reforma del Monotributo, los pequeños contribuyentes aún se ven obligados a actualizar su situación impositiva en base a lí­mites de facturación que llevan una década sin cambios.

Expertos consultados por iProfesional.com reclamaron una prórroga para cumplir el trámite de recategorización hasta la aprobación de los nuevos valores, de modo de realizarlo conforme al renovado esquema.

En efecto, las empresas y particulares adheridos al régimen simplificado deberán actualizar -en los primeros dí­as del próximo mes- su condición fiscal de acuerdo a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que ejercen y la energí­a eléctrica consumida entre septiembre del 2008 y agosto de este año.

Para determinar qué categorí­a le corresponde a cada contribuyente, deben tenerse en cuenta todos los parámetros. Por lo tanto, si se excede uno de los lí­mites automáticamente debe avanzarse hacia una categorí­a superior con el consiguiente aumento del monto mensual a pagar.

La recategorización en el régimen simplificado es un trámite que se realiza con clave fiscal, a través de la página web de la AFIP, ingresando al servicio denominado "Monotributo".

En el caso de que el contribuyente cambie de categorí­a, corresponderá efectuar el pago del nuevo importe desde octubre próximo. De no haber sufrido modificaciones en los rubros analizados, no será necesaria gestión alguna.

A fin de actualizar la situación fiscal, los monotributistas deberán tener en cuenta los siguientes valores de referencia para cada categorí­a:

Al respecto, Echegaray ya confirmó que el proyecto de inminente oficialización eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.

Ante la obligación de cumplir con la exigencia de las autoridades fiscales, Flavia Melzi, Vicepresidenta II, del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba), advirtió que el proyecto de reforma del Monotributo que trascendió a través de este medio "no contempla ningún mecanismo o cláusula transitoria que postergue la recategorización".

"La AFIP deberí­a emitir una norma que la prorrogue o suspenda hasta la vigencia del nuevo esquema de tributación", agregó la especialista.

"Al postergarla, se evitarí­a un incremento en las tareas y en los costos administrativos. Más aún, teniendo en cuenta que, actualmente, los profesionales afrontan el trabajo extra que significa la amplia moratoria fiscal y el régimen de blanqueo de capitales", amplió.

Complementariamente, Melzi indicó que "también deberí­a retrasarse nuevamente la entrada en vigencia del régimen de retenciones y percepciones en IVA y Ganancias que recae sobre los monotributistas".

Si bien el proyecto no contempla un aplazamiento, Julián O. Esposito, consultor tributario, explicó que la iniciativa prevé una solución para los monotributistas que pasaron al régimen general –asumiendo un mayor costo al afrontar IVA y Ganancias- y que en base a los parámetros propuestos pueden encuadrarse nuevamente en el Monotributo.

Así­, Esposito explicó que "el proyecto estarí­a considerando la situación de aquellos contribuyentes que hubieran renunciado o hubiesen quedado excluidos del régimen simplificado, sin que hayan transcurrido 3 años entre aquella circunstancia y la vigencia de esta reforma".

"Según la normativa actual, dichos contribuyentes no podrí­an retornar al régimen hasta transcurridos 3 años calendario posteriores a aquél en que se produjo la renuncia o exclusión del mismo. En particular, se permitirí­a el reingreso de aquellos, en tanto reúnan los nuevos requisitos y condiciones previstas por la reforma, pudiendo ejercerse dicha opción hasta la finalización del primer cuatrimestre calendario completo posterior a la fecha de publicación de la ley", explicó el especialista. El anteproyecto

Si bien la AFIP aún no oficializó el proyecto de reforma del Monotributo, iProfesional.com tuvo acceso exclusivo al texto que en breve será enviado al Congreso para su tratamiento. Para acceder a la iniciativa haga click aquí­.

En primer lugar, el proyecto confirma que se eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.

Como contracara, la iniciativa establece importantes subas en la cuota mensual a pagar. En efecto, se ha tomado la decisión de triplicar el aporte jubilatorio mensual elevando el monto de $35 a $110. De esta manera el incremento del aporte acompaña el ritmo de crecimiento de la jubilación mí­nima que desde el 2000 hasta la fecha pasó de $200 a 770,66 pesos.

El proyecto también prevé una actualización del monto que aportan los monotributistas a las obras sociales. El importe mensual destinado al sistema de salud asciende de $46,75 a 70 pesos.

Actualmente, los pequeños contribuyentes pagan -en concepto de impuesto, seguridad social y obra social- una cuota mensual que va desde los $115 a $587. Bajo el nuevo esquema, la cuota más baja será de $213 y la más alta se ubicará en 2.880 pesos.

Otra importante modificación consiste en la incorporación de un nuevo parámetro para definir la categorí­a, y por ende, el monto mensual que ingresará cada monotributista.

Hasta el momento se consideraban los ingresos brutos anuales, la superficie afectada a la actividad y la energí­a eléctrica consumida en un año. De acuerdo al proyecto, se incorpora como criterio el monto de los alquileres devengados a lo largo del año.

De acuerdo a la iniciativa, el nuevo esquema a tener en cuenta por los monotributistas que presten servicios es:

Por otra parte, los valores a considerar por los pequeños contribuyentes que se desempeñen en el resto de las actividades es:

La iniciativa también prevé una particular condición para las categorí­as de mayores ingresos. Respecto a las J, K y L se les solicita un mí­nimo de empleados a cargo que va de 1 a 3 respectivamente.

Asimismo, el proyecto prevé elevar a $2.500 el precio máximo unitario de venta de bienes muebles permitido. También se pone en marcha un régimen de exclusión automática para los pequeños contribuyentes que tengan "gastos excesivos no justificados". (Lea más: Exclusivo: conozca todos los detalles de la inminente reforma del Monotributo)

Retenciones y percepciones

Por otra parte, a partir del próximo 1 de septiembre, los pequeños contribuyentes soportarán pagos a cuenta del 35% en el Impuesto a las Ganancias. De igual manera, deberán afrontar un anticipo del 21% en el IVA.

Puntualmente el nuevo régimen golpeará a los monotributistas, siempre que superen el lí­mite de facturación anual permitido respecto a las operaciones celebradas con un único cliente.

La retención en Ganancias se calculará sobre el importe de la operación y se practicará sobre el importe que se pague -en forma parcial o total- sin deducción de suma alguna, aplicando la alí­cuota del 35% por ciento.

En el IVA, la retención se calculará aplicando la alí­cuota del 21 por ciento.

Los pagos a cuenta practicados, tendrán para los monotributistas que se inscriban en los respectivos gravámenes del régimen general:

  • En Ganancias: el carácter de pago a cuenta.
  • En el IVA: el carácter de impuesto ingresado, y en tal concepto será computado en la declaración jurada del perí­odo fiscal en el que se practicó la retención.

En referencia a la entrada en vigencia del nuevo régimen, la AFIP estableció que "será de aplicación respecto de los pagos que se realicen a partir del 1 de setiembre de 2009, inclusive".Hernán Gilardo

© iProfesional.com