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Monotributo: se aplicarán retenciones en IVA y Ganancias

A partir de 2010, los pequeños contribuyentes que superen los renovados lí­mites anuales de facturación sufrirán pagos a cuenta de hasta 35 por ciento
16/12/2009 - 11:20hs
Monotributo: se aplicarán retenciones en IVA y Ganancias

Junto a la puesta en marcha del nuevo Monotributo resurge la idea de aplicar retenciones y percepciones a los pequeños contribuyentes.

El cuestionado mecanismo golpeará a los monotributistas, siempre que superen los renovados lí­mites de facturación anuales permitidos respecto a las operaciones celebradas con un único cliente. El nuevo marco legal elevó de $72.000 a $200.000 el tope para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.

En relación a la carga fiscal extra a soportar, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que los pagos a cuenta aplicables a partir del 1º de enero de 2010 serán del 35% en el Impuesto a las Ganancias y del 21% en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

"La medida es novedosa, ya que si bien el régimen contemplaba la posibilidad de establecer un sistema de retención o percepción; nunca se habí­a avanzado en tal sentido", aseguró el consultor tributario César Halladjian.

"El nuevo régimen de retención en IVA y Ganancias se aplicará exclusivamente a los pequeños contribuyentes cuyas operaciones en el transcurso de los últimos 12 meses superen, respecto a un único adquirente, locatario o prestatario, los lí­mites máximos de facturación", explicó el especialista.

Asimismo, desde Lisicki, Litvin & Asociados, explicaron que "el monotributista que sufra tales retenciones deberá excluirse del régimen simplificado y, en consecuencia, dar cumplimiento a sus obligaciones impositivas y de la seguridad social, por los respectivos regí­menes generales desde el momento en que se produzcan tales causales".

Un problema no menor refiere a las controversias legales que dispara la nueva herramienta recaudatoria. Al respecto, Flavia Melzi, Vicepresidenta II del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba) advirtió sobre "la dudosa legalidad de la norma en cuanto a que, por ví­a reglamentaria, se está ampliando el alcance del IVA y Ganancias".

El régimen por dentro

A fin del cálculo del anticipo, el marco normativo establece que la retención en Ganancias se calculará sobre el importe de la operación que se cancele -en forma parcial o total- sin deducción de suma alguna, aplicando la alí­cuota del 35 por ciento. En el IVA, la retención se obtendrá aplicando la tasa del 21 por ciento.

Por otra parte, los pagos a cuenta practicados, tendrán para los monotributistas que se inscriban en los respectivos gravámenes del régimen general:

  • En Ganancias: el carácter de pago a cuenta.
  • En el IVA: el carácter de impuesto ingresado, y en tal concepto será computado en la declaración jurada del perí­odo fiscal en el que se practicó la retención.

Como un pequeño alivio, la reglamentación estableció una serie de conceptos que no serán considerados ingresos brutos a fin de determinar si se superan los topes de facturación anuales:

  • Impuesto interno a los cigarrillos.
  • Impuesto adicional de emergencia a los cigarrillos.
  • Impuesto sobre los combustibles lí­quidos y el gas natural.
  • Ingresos derivados de la realización de bienes de uso, entendiendo por tales aquellos cuyo plazo de vida útil es superior a dos años y en tanto hayan permanecido en el patrimonio del contribuyente como mí­nimo doce meses desde la fecha de habilitación del bien.

A su vez, la resolución general 2616 deja en claro quiénes deberán actuar como agentes de retención:

  • Los adquirentes, locatarios y/o prestatarios, siempre que los pagos se realicen como consecuencia de su actividad empresarial o de servicio y revistan la calidad de responsables inscriptos, exentos o no alcanzados, en el IVA.
  • Los Estados Nacional, provinciales, municipales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Los colegios, consejos u otras entidades profesionales.
  • Las entidades bancarias que efectúen pagos en cumplimiento de libranzas judiciales.

De esta manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray, pone en marcha una nueva herramienta de recaudación.© iProfesional.com