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La Corte frenó ejecuciones fiscales a deudores sin sentencia firme

El máximo tribunal afirmó que el efecto suspensivo asignado a recursos deducidos ante el Tribunal Fiscal impedí­a a la AFIP promover la polémica medida
25/03/2010 - 10:21hs
La Corte frenó ejecuciones fiscales a deudores sin sentencia firme

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) puso un freno a las ejecuciones fiscales a deudores sin sentencia firme.

En el marco de la causa "AFIP c/González, Alfredo Oscar s/ ejecución fiscal", el máximo tribunal decidió que el organismo a cargo de Ricardo Echegaray está impedido de impulsar la ejecución fiscal de la supuesta deuda del contribuyente hasta que haya sentencia definitiva. Para acceder al fallo completo haga click aquí­.

Puntualmente, la CSJN revocó una sentencia del Juzgado Federal de Azul, en donde los magistrados afirmaron que la apelación de un fallo del Tribunal Fiscal ante la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal sólo surte efecto devolutivo respecto del capital e intereses, por lo que la AFIP estaba habilitada para iniciar el proceso de ejecución fiscal por tales conceptos.

Al respecto el máximo tribunal afirmó que "el efecto suspensivo asignado a los recursos deducidos ante el Tribunal Fiscal impedí­a a la AFIP promover la ejecución fiscal de la deuda del contribuyente".

La decisión de la CSJN se apoyó en el dictamen de la procuradora Laura Monti. "El efecto suspensivo opera siempre que concurra la circunstancia que lo funda, esto es, siempre que haya determinación de oficio", advirtió la funcionaria.

La sentencia fue firmada por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Pretracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.