• 6/12/2025
ALERTA

Cambios clave en impuestos desde el 1 de diciembre 2025: las novedades de este mes

Diciembre trae novedades en materia impositiva, con la implementación del IVA Simplificado de manera obligatoria, las nuevas facturas A y cambios en ARBA
01/12/2025 - 07:20hs
Cambios clave  en impuestos desde el 1 de diciembre 2025: las novedades de este mes

A partir de este lunes 1 de diciembre, entran en vigencia tres importantes cambios en el ámbito impositivo nacional y provincial, que buscan simplificar procesos, digitalizar la gestión y optimizar el control fiscal: IVA Simple, la unificación de la Factura M en el esquema Factura A, y la digitalización de comprobantes de retenciones por parte de ARBA.

Cómo es el nuevo IVA Simple obligatorio

El Impuesto al Valor Agregado Simplificado es una profunda modificación al sistema de determinación y presentación de la Declaración Jurada del IVA para los Responsables Inscriptos. Su objetivo principal es la simplificación administrativa a través de la digitalización y la precarga de datos.

A partir del período fiscal noviembre de 2025 (presentación y vencimiento en diciembre), el uso del sistema IVA Simple es obligatorio para todos los contribuyentes Responsables Inscriptos.

El nuevo esquema reemplaza la multiplicidad de formularios de la declaración jurada de IVA por un único Formulario digital: el F. 2051.

Este nuevo formulario único integra no solo la determinación del impuesto, sino también las funciones del Libro IVA Digital, consolidando toda la información en una sola plataforma.

Cómo funciona el IVA Simple

El IVA Simple funciona en dos módulos principales y automáticos, asistidos por la información que ARCA ya posee:

Registración electrónica de operaciones: el sistema carga automáticamente todos los comprobantes (facturas de venta y compra) emitidos y recibidos por el contribuyente. El usuario solo debe validar, modificar o ajustar la información precargada.

Determinación del impuesto y saldo: se realiza el cálculo final del IVA a pagar o el saldo a favor, tomando en cuenta las retenciones y percepciones registradas en los sistemas SIRE y SICORE, así como cualquier pago a cuenta efectuado.

Se estima una reducción burocrática significativa en la cantidad de formularios y la eliminación de la carga manual de datos y, al estar precargada, la declaración minimiza los errores de tipeo o de cálculo.

El requisito para su uso es contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3 o superior.

Cómo son las nuevas que reemplazan la Factura M

La principal novedad es la eliminación definitiva de la Factura M y su reemplazo por dos nuevas modalidades de la Factura Tipo A, buscando simplificar los comprobantes y hacer más eficientes los mecanismos de control fiscal.

La Factura M era utilizada por contribuyentes que, al inicio de su actividad o por inconsistencias detectadas (falta de solvencia patrimonial o fiscal), no eran autorizados a emitir Factura A. La emisión de la Factura M conllevaba una retención del 100% del IVA y un 6% de Ganancias al receptor, como medida de resguardo fiscal.

A partir del 1 de diciembre, este régimen es reemplazado por dos variantes de la Factura A con leyendas específicas:

1. Factura A "Operación Sujeta a Retención"

Reemplaza a la antigua Factura M.

La emiten contribuyentes que no logran acreditar la solvencia patrimonial exigida por ARCA o presentan inconsistencias.

Su efecto es que el receptor (cliente) deberá practicar las retenciones plenas de resguardo fiscal:

  • 100% del IVA facturado.
  • 6% de Impuesto a las Ganancias sobre la base imponible.

Las nuevas Facturas A con esta leyenda seguirán la correlatividad numérica de las viejas Facturas M.

2. Factura A "Pago en CBU Informada"

La emiten contribuyentes que cumplen con ciertos requisitos de solvencia, pero que aún están sujetos a monitoreo fiscal, y optan por esta modalidad.

En este caso, no se practica la retención del 100% de IVA y 6% de Ganancias.

El receptor (cliente) inscripto en IVA debe pagar el total o la diferencia del monto de la factura mediante transferencia o depósito a la CBU declarada y publicada por el emisor ante ARCA. Si el pago se realiza por otros medios, se pierde el beneficio y se activan las retenciones plenas.

ARBA digitaliza retenciones y percepciones

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) digitaliza por completo el proceso de gestión de las retenciones y percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en su jurisdicción.

A partir del 1 de diciembre, los Agentes de Recaudación (empresas que retienen o perciben impuestos) deben utilizar una nueva plataforma digital para la gestión de esta actividad. Se eliminan los comprobantes de retención/percepción manuales o en papel.

Comprobante Único Digital (A-122R): el nuevo sistema obliga a los agentes a generar el comprobante digital A-122R, que será la única constancia válida para el contribuyente (retenido/percibido) a los fines de computar el pago a cuenta en su declaración jurada de Ingresos Brutos.

Consulta en línea: tanto los Agentes de Recaudación como los contribuyentes podrán consultar y descargar el comprobante A-122R en línea utilizando su CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT).

Simplificación de la declaración jurada: la plataforma unificará la carga de datos, permitiendo a los agentes presentar sus declaraciones juradas directamente desde la aplicación tras registrar las retenciones, lo que reduce la duplicidad de tareas.

Estos tres cambios en los impuestos desde este mes de diciembre tienen el objetivo común de modernizar, simplificar y hacer más transparente el sistema tributario nacional y provincial, fortaleciendo al mismo tiempo las herramientas de control fiscal.

Temas relacionados