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ALERTA

Una contadora fue procesada por quedarse con u$s25.000 de un cliente fallecido al ser cotitular de la cuenta

Un fallo histórico determina si existe delito por abusar de la cotitularidad de una cuenta por parte de un profesional que fue nombrado para administrar
05/03/2026 - 09:44hs
Una contadora fue procesada por quedarse con u$s25.000 de un cliente fallecido al ser cotitular de la cuenta

En el caso de una contadora que cobró un plazo fijo de la que era cotitular 5 días después del fallecimiento del cliente, la Justicia consideró que solo había sido nombrada con motivos de "administración" y que así perjudicó al legítimo heredero.

Qué hizo la contadora para ser imputada

La acusación sostiene que la contadora Verónica Lepore fue incorporada como cotitular de una cuenta bancaria por un cliente de avanzada edad (hoy fallecido), pero esta inclusión no habría sido para otorgarle la propiedad del dinero.

Por el contrario, el nombrar a la contadora como cotitular habría sido un "acto de confianza", para que ella pudiera gestionar los fondos ante cualquier eventualidad médica o administrativa del dueño del dinero.

Tras la muerte del titular, la contadora habría retirado u$s25.000 y una suma en pesos, alegando que el dinero le pertenecía por ser cotitular.

Qué dijeron la fiscalía y la querella

El fiscal de instrucción de Villa Mercedes, San Luis, Maximiliano Bazla Cassina y el querellante, un primo y heredero del fallecido de nombre Santiago Candreva sostienen que se cometió el delito de defraudación por administración fraudulenta o, alternativamente, apropiación indebida.

Argumentan que la cotitularidad era "formal". El dinero no era de ella, sino que ella tenía un mandato de administración basado en su rol profesional.

Como pruebas, se basan en mensajes y testimonios que demuestran que el objetivo de ponerla en la cuenta era puramente operativo y que ella reconoció en un principio que el dinero era para los gastos del fallecido y sus herederos.

Cómo se defendió la contadora acusada

Los abogados de la acusada, Jorge Ramallo y Gastón Irasoqui, solicitaron el sobreseimiento o la falta de mérito.

Sostienen que no hay delito penal, sino una cuestión civil, y argumetan que, al ser cotitular de la cuenta, ella tiene derecho de propiedad sobre los fondos depositados.

Plantean que el banco la reconoce como dueña legal de los fondos por el solo hecho de la firma en el contrato bancario.

Qué decidió la Justicia en el procesamiento

El juez de Garantías de Villa Mercedes, Leandro Estrada, resolvió procesar e imputar formalmente a la contadora Lepore. Los puntos principales de su decisión son:

Primacía de la realidad sobre la forma: considera que, aunque el contrato bancario diga que es "cotitular", en el derecho penal se analiza la causa por la cual se le dio ese acceso. Si la causa era administrar y ella se lo quedó, hay delito.

Vulneración de confianza: destaca en el fallo que el vínculo era profesional-cliente y que se abusó de una herramienta (la cotitularidad) para realizar una disposición patrimonial perjudicial para los herederos.

Existencia de mérito: determina que hay pruebas suficientes para sospechar que existió una maniobra de desapoderamiento ilícito, por lo que la causa debe avanzar hacia la etapa de juicio.

Así, la contadora quedó imputada por el delito de defraudación por abuso de confianza. El caso sirve como precedente importante sobre el uso de cotitularidades "de favor" o por "gestión" frente a la propiedad real del dinero en casos de sucesiones.

Qué embargos se trabaron sobre el patrimonio

En el marco de la resolución del juez Estrada, se dictaron medidas para asegurar que, en caso de una condena, el dinero pueda ser restituido al heredero, o sea, al primo del fallecido.

Embargo preventivo

El juez ordenó un embargo sobre los bienes de la contadora Lepore. Cubreno solo los u$s25.000 reclamados o su equivalente en pesos al tipo de cambio que se determine, sino también un porcentaje adicional para cubrir costas judiciales, intereses y honorarios de los abogados intervinientes.

El objetivo es evitar que la imputada venda o transfiera sus propiedades (autos, inmuebles) para declararse insolvente antes de que termine el juicio.

Inhibición general de bienes

Se dispuso la anotación de una inhibición general en el Registro de la Propiedad Inmueble y en el Registro del Automotor.

Esto significa que la contadora no puede vender ni gravar ningún bien que esté a su nombre en la provincia de San Luis, y usualmente se extiende a nivel nacional mediante oficios, hasta que se resuelva la causa o se cubra el monto del embargo.

La disputa por los fondos y la presión preventiva

El fiscal Bazla Cassina solicitó el rastreo de los fondos. Si bien la defensa sostiene que el dinero fue retirado legalmente por ser cotitular, la justicia busca determinar si esos dólares aún permanecen en el sistema bancario o si fueron "licuados" o transferidos a terceros.

Los abogados de Lepore intentaron frenar el avance patrimonial considerando que no hay "peligro en la demora": Afirman que su clienta es una profesional con arraigo en Villa Mercedes y que no se fugará. Insisten en que, al ser cotitular, el embargo es injusto porque ella estaría "siendo embargada por su propio dinero".

El querellante Candreva sostiene que la maniobra fue premeditada, al esperar el fallecimiento para vaciar la cuenta aprovechando que el banco no bloquea la firma del cotitular sobreviviente de inmediato. Por ello, considera que el embargo es la única garantía de justicia real para su cliente.

La imputada no sufre prisión preventiva, sino que transita el proceso en libertad, pero con la restricción de salida del país y la obligación de presentarse ante el juzgado periódicamente, además de tener su patrimonio "congelado" por las medidas mencionadas.

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