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¿Cómo se compensan los feriados para no generar conflictos en materia laboral?

El especialista Julián de Diego, titular del estudio homónimo, explica para iProfesional.com la situación de estos "descansos" y como deben abonarse
15/08/2011 - 15:17hs
¿Cómo se compensan los feriados para no generar conflictos en materia laboral?

Los feriados no son descansos en sentido estricto si los definimos desde su concepción original, en los cuales se festejaba con un asueto general o especial un acto conmemorativo, generalmente ligado a fiestas o eventos patrios como a celebraciones religiosas.

En Francia, para citar a los pioneros en la nueva vertiente, se los consideró una extensión del descanso semanal o hebdomadario, con el fin de fomentar actividades recreativas y turísticas.

Si bien se generan beneficios en el sentido expuesto, para atenderlos se requiere mano de obra que debe sacrificar lo que los demás utilizan para el ocio, disfrute o descanso adicional. Es más, los que trabajan en ese lapso, no solo deberían recibir una retribución diferenciada, sino que además se los debería compensar con la reproducción del descanso no gozado.

En nuestro sistema legal, el descanso compensatorio está previsto para el lapso entre las 13 horas del sábado y las 24 horas del domingo, pero no lo está para los feriados, que se anexan al fin de semana para extenderlo a tres días en unos casos, y hasta en cuatro días en otros.

El Poder Ejecutivo reformuló parcialmente el régimen de feriados nacionales a través del decreto de necesidad y urgencia 1584/2010, y fijó los feriados con fines turísticos (días viernes o lunes) cuando se presenten feriados cuyas fechas coincidan con jueves o martes.

En función del decreto 1585/2010, que por mandato del DNU 1584/2010 se deben anticipar en forma trianual, se establecieron los feriados turísticos correspondientes a los años 2011; 2012 y 2013, que son los siguientes: 1. Año 2011: 25 de marzo (viernes) y 9 de diciembre (viernes). 2. Año 2012: 30 de abril (lunes) y 24 de diciembre (lunes). Y 3. Año 2013: 1° de abril (lunes) y 21 de junio (viernes).

Incorporó como novedad dos días feriados por carnaval (lunes y martes) en el mes de marzo de cada año, cuyas fechas serán determinados conforme el primer lunes y martes de marzo de cada año.

Por ejemplo, en el año 2011 se fijaron los días lunes 7 y martes 8 de marzo, (el lunes anterior correspondía al último día de febrero). Los días que no sufrían cambios se mantuvieron iguales que como venían aplicándose. Se agregó como otro nuevo feriado el del 20 de noviembre, como "día de la Soberanía Nacional", por conmemorarse la batalla de Vuelta de Obligado. Se cambia la denominación del 12 de octubre, considerado "el día de la raza", por "Día del Respeto a la Diversidad Cultural".

La novedad provino de la fijación de dos feriados "puente", que como apuntamos, se combinarán a criterio del Poder Ejecutivo con aquellos feriados que coincidan con jueves y con martes, para integrar el viernes o el lunes, de modo de que se logren cuatro días inhábiles, como ocurre en el año 2011, que se fijó el viernes 25 de marzo junto al feriado del 24 de marzo, con lo cual se logran los cuatro días (24, 25, 26 y 27 de marzo) inhábiles. Lo mismo se resolvió para el día 9 de diciembre, en combinación con el 8 de diciembre, de modo que también se logran cuatro días inhábiles, (8, 9, 10, y 11 de diciembre de 2011).

También ya se fijaron, como lo determina el cuadro adjunto, los feriados puente de naturaleza turística para los años 2012 y 2013. Si no se logra el marco precitado, a criterio del Poder Ejecutivo se puede fijar dos feriados puente, procurando que cumpla con el fin previsto en la norma de promover el miniturismo.

Como siempre, los feriados se retribuyen con el régimen previsto para la remuneración de las vacaciones prevista en el artículo 155 de la Ley de Contrato de Trabajo. Por ende, a los trabajadores retribuidos por hora o por día, se les liquidará con la última retribución. Los trabajadores remunerados por mes se dividirá la retribución bruta mensual y se la dividirá por 25, para luego aplicarlo por cada día feriado.

En cuanto a los retribuidos por medio de remuneraciones variables, se extraerá el promedio diario del último año o del último semestre, según el que resulte más favorable al trabajador. En estos nuevos sistemas unos ganan, otros pierden, y unos pocos se mantienen neutrales.

Lo cierto es que el trabajo humano se orienta a un incremento de las horas de descanso o de ocio, en donde la vida intelectual pasa a ocupar un papel singular. En alguna medida, es lo que nos depara el futuro.