Los depósitos a plazo fijo con CER no pueden ser a menos de 9 meses
El Banco Central (BCRA) emitió el viernes pasado la Comunicación A 4298 (ver "Documentos Asociados"), que estipula un nuevo plazo mínimo para los depósitos a plazo fijo que se ajusten por la cláusula CER. A partir de ahora, habrá que dejar inmovilizados los fondos depositados por lo menos 270 días para acceder al índice que se ajusta por la inflación minorista.
Con el incremento de la tasa de inflación, que en enero llevó a 1,5% el aumento del índice de precios al consumidor, los inversores eligen cada vez más estos depósitos a plazo fijo indexados. Los ahorristas tienen cada vez más en cuenta al incremento de la tasa de inflación en sus decisiones de inversión.
Con una tasa esperada que rondará entre el 8%-10% anual en 2005, la demanda de instrumentos ajustables por CER (plazos fijos, títulos públicos, fideicomisos) crece desde el segundo semestre de 2004.
Pero en materia de plazos fijos, las colocaciones no superan los 90 días, ya que los inversores no arriesgan plazos mayores al no conocer la tasa de inflación futura. Si el índice mensual de precios minoristas cae, hasta el punto de ser nulo o negativo (en noviembre de 2004 fue de 0%), el rendimiento de los instrumentos ajustables por CER es muy bajo. De ahí que el BCRA pretenda con esta medida incrementar el plazo de esta clase de depósitos.
La Comunicación A 4298 está disponible en "Documentos Asociados"