• 15/12/2025
ALERTA

Los depósitos a plazo fijo con CER no pueden ser a menos de 9 meses

El Banco Central modificó el plazo mí­nimo para depositar dinero a plazo fijo ajustable por el í­ndice CER. La tasa de inflación impulsó la demanda de estas colocaciones
14/02/2005 - 03:00hs
Los depósitos a plazo fijo con CER no pueden ser a menos de 9 meses

El Banco Central (BCRA) emitió el viernes pasado la Comunicación A 4298 (ver "Documentos Asociados"), que estipula un nuevo plazo mí­nimo para los depósitos a plazo fijo que se ajusten por la cláusula CER. A partir de ahora, habrá que dejar inmovilizados los fondos depositados por lo menos 270 dí­as para acceder al í­ndice que se ajusta por la inflación minorista.

Con el incremento de la tasa de inflación, que en enero llevó a 1,5% el aumento del í­ndice de precios al consumidor, los inversores eligen cada vez más estos depósitos a plazo fijo indexados. Los ahorristas tienen cada vez más en cuenta al incremento de la tasa de inflación en sus decisiones de inversión.

Con una tasa esperada que rondará entre el 8%-10% anual en 2005, la demanda de instrumentos ajustables por CER (plazos fijos, tí­tulos públicos, fideicomisos) crece desde el segundo semestre de 2004.

Pero en materia de plazos fijos, las colocaciones no superan los 90 dí­as, ya que los inversores no arriesgan plazos mayores al no conocer la tasa de inflación futura. Si el í­ndice mensual de precios minoristas cae, hasta el punto de ser nulo o negativo (en noviembre de 2004 fue de 0%), el rendimiento de los instrumentos ajustables por CER es muy bajo. De ahí­ que el BCRA pretenda con esta medida incrementar el plazo de esta clase de depósitos.

La Comunicación A 4298 está disponible en "Documentos Asociados"