Personas jurídicas y unipersonales: cómo declarar ganancias
INFOBAEprofesional dialogó con funcionarios de la AFIP, que se desempeñan en el área de Servicios al Contribuyente, sobre estos vencimientos.
Durante el mes de mayo vencerá la obligación de presentar DDJJ esencialmente para las personas jurídicas, aunque no son las únicas.
"Vale destacar que cuando se habla de Ganancias de personas jurídicas, también se deben incluir a las empresas que son explotaciones unipersonales. Es decir, cuando una persona es titular de una empresa ", aclaró la AFIP.
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Los sujetos obligados en mayo son:
- Quienes tengan ingresos únicamente en relación de dependencia o bien únicamente de manera independiente y que Sí posean participaciones en sociedades que cierren ejercicios comerciales en diciembre y cuyas acciones no cotizan en bolsa (a partir del 16/05 según la terminación de la CUIT ), o
- Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros (a partir del 9/05 según la terminación de la CUIT) o,
- Responsables sustitutos, tanto empresas por las participaciones de sus socios (a partir del 9/05) como personas físicas que representan a otros sujetos (a partir del 16/05), UNICAMENTE PARA BIENES PERSONALES.
Pago
El pago debe realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente al del vencimiento de la DDJJ.
Como aclaración importante, en la AFIP se destaca la posibilidad de cumplir por Internet con la obligación completa, es decir la presentación de la DDJJ y -a partir de este año- el pago del saldo resultante a través del Volante Electrónico de Pago –VEP-.
Esta posibilidad cobra relevancia en el caso de los contribuyentes que tienen solo obligaciones anuales, y que por lo tanto no tienen un contacto frecuente con la AFIP. El hecho de poder cancelar su obligación completa desde la comodidad de su PC, con el horario extendido que representa Internet y con toda la seguridad que el método representa, no resulta una ventaja menor en épocas de vencimientos generales.
Las fuentes de la AFIP se comprometieron a continuar dialogando hacia fines de mayo, a fin de informar sobre los vencimientos que operarán en el mes de junio próximo.
Bajo vigilancia
En marzo, la AFIP envió más de 300.000 cartas para anticiparse a los vencimientos del Impuesto a las Ganancias para personas físicas y el Impuesto a los Bienes Personales que comenzaron el 19 de abril.
Abad define esta táctica como "inductiva", basada en una aproximación "amigable" a los potenciales contribuyentes, alterando estilos de años anteriores donde en las cartas se incluían directamente amenazas de embargos y remates. Pero no dejan de ser intimaciones.
Hay 150.000 personas inscriptas, pero que no se han presentado a dejar declaración jurada ni pagaron en el último año o los años anteriores. Las otras 220.000 cartas corresponden a quienes no están inscriptos en Ganancias ni en Bienes Personales.
Aunque sí pueden estarlo en el monotributo y es factible que su movimiento supere el límite que les corresponde a su categoría de monotributista.
- Más que nada se busca a los que tienen bienes por encima de $103.200. La cifra que funciona como umbral por encima del cual hay que pagar el impuesto a la riqueza
es considerada como muy desactualizada. Pero el fisco no resigna su voluntad de recaudar hasta el último peso.
- Los funcionarios sostienen que 181.765 contribuyentes poseen propiedades valuadas en más de $80.000 según información obtenida de escribanías y bancos.
- Otros 40.000 tienen cuentas bancarias o en cambios cuyo movimiento es superior a los $100.000 anuales, y 34.681 tienen autos de más de $40.000 así como 21.553 poseen embarcaciones.