• 19/12/2025
ALERTA

AFIP - RG N° 1877 - Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General Nº 1618-AFIP. Expedie

AFIP - RG N° 1877 - Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General Nº 1618-AFIP. Expedie
02/05/2005 - 03:00hs
AFIP - RG N° 1877 - Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General Nº 1618-AFIP. Expedie

Bs. As., 27/4/2005

VISTO el Expediente Nº 1 - 250.709/05 y las actuaciones ADGA Nos 402.095/03, 408.385/04, 408.387/04, 419.859/04, 420.067/04 y 421.744/04 por las que se solicita la clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de mercaderí­as de las cuales se adjunta muestra o información técnica según los casos, y

CONSIDERANDO:
Que las actuaciones consignadas en el VISTO han sido analizadas a través de los Criterios de Clasificación Nos 02 al 07/05 por la División Clasificación Arancelaria y aprobados por el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, según constancias que obran a fs. 1/6 del Expediente mencionado en el VISTO, los que se dan por reproducidos.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una sana economí­a administrativa, definir en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderí­as.

Que han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la Dirección de Técnica y la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artí­culo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

Artí­culo 1º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6807.90.00 a la siguiente mercaderí­a:
Placa ondulada constituida por un soporte de cartón inmerso en asfalto, de los tipos utilizados para revestimiento de tejados, conforme Criterio de Clasificación Nº 02/05 recaí­do en la actuación
ADGA Nº 402.095/03.

Art. 2º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9503.49.00 a la siguiente mercaderí­a:  Manufactura compuesta de plástico rí­gido conformada por:
un juguete que representa un ser no humano encastrado sobre un patinete con ruedas y  mecanismo a fricción, el que una vez accionado permite su desplazamiento, o bien, que gire sobre sí­ mismo al insertarlo en un soporte concebido a tal fin. Todo ello acondicionado para la venta al por menor, conforme Criterio de Clasificación Nº 03/ 05 recaí­do en la actuación ADGA Nº 408.385/04.

Art. 3º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9503.49.00 a la siguiente mercaderí­a: Juguete de
plástico rí­gido que representa un ser no humano acostado con mecanismo a resorte que permite
su desplazamiento a través de ruedas dispuestas en su base, conforme Criterio de Clasificación
Nº 04/05 recaí­do en la actuación ADGA Nº 408.387/04.

Art. 4º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8528.12.90 a la siguiente mercaderí­a: Aparato
receptor de televisión con pantalla de plasma de 106,68 cm (42") de diagonal y relación de  aspecto 16:9, con sistema cuadro a cuadro (PIP) de dos (2) sintonizadores, conforme Criterio de Clasificación Nº 05/05 recaí­do en la actuación ADGA Nº 419.859/04.

Art. 5º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8543.89.99 a la siguiente mercaderí­a: Aparato de
activación por proximidad constituido por una bobina, un capacitor y un dispositivo de sujeción de
accionamiento magnético de los tipos utilizados para la prevención de robos de artí­culos exhibidos
en locales comerciales, conforme Criterio de Clasificación Nº 06/05 recaí­do en la actuación
ADGA Nº 420.067/04.

Art. 6º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8523.90.90 a la siguiente mercaderí­a: Dispositivo
de almacenamiento de datos, de estado sólido, conformado por circuitos integrados de memoria
"E² PROM" montados sobre circuito impreso, con capacidad de almacenamiento de 64MB, 128MB,
256MB o 512MB, de los tipos denominados "flash memory card", conforme Criterio de Clasificación
Nº 07/05 recaí­do en la actuación ADGA Nº 421.744/04.

Art. 7º — Regí­strese dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su
publicación y publí­quese en el Boletí­n de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remí­tase
copia al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al COMITE TECNICO Nº 1 ARANCELES,
NOMENCLATURA Y CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria para su archivo.

Alberto R. Abad