Miles de porteños deberán pagar por vivir a 400 metros del subte
Todavía no se sabe cuántos son pero se calculan en "miles". Se trata de los porteños que viven en un radio de 400 metros de las nuevas estaciones de subte, de las ampliaciones y de las nuevas líneas planificadas en la Capital Federal.
Todos ellos, por ley nacional vigente desde 1987, deberán pagar una contribución anual al fisco durante 5 años una vez inaugurados y en funcionamiento los nuevos tramos. Este año pagan la última cuota 29.500 contribuyentes.
Son los propietarios de inmuebles ubicados en las cercanías de las bocas de la línea D, Carranza, Olleros y José Hernández, del barrio de Belgrano. Y aún restan dos pagos a 20.600 inmuebles que se encuentran cerca de las bocas de Juramento y Congreso de Tucumán, también de la línea D.
Quiénes pagan
No importa si se trata de empresas o particulares: todos deben pagarlo. Se cobra aparte del ABL. En 2001 fue la primera vez que se cobró y generó fuerte resistencia: 50% de la gente no cumplió. Después el cobro se normalizó. Hoy, más de 70% cumple en tiempo y forma.
Valor de la cuota
La contribución que se debe realizar por vivir cerca de las nuevas bocas de subte varía en cada caso en función de la valuación fiscal de los inmuebles y de la cercanía que ellos tengan de las bocas de subte.
Las propiedades más valiosas y las más cercanas, son las que más pagan. En promedio, para las primeras 3 estaciones, el valor de la contribución total sería de $152 (en 5 cuotas).
"No es un impuesto, es una contribución. Esto es por única vez, a diferencia del impuesto. Conceptualmente lo que hace es apropiar una parte del plusvalor que se le generó al frentista con la extensión de la red de subte", explicó Alejandro Otero, titular de Rentas porteño.
La facturación total para las 3 primeras estaciones es de $ 4.500.000 -a 29.500 inmuebles en pagos anuales a un plazo de 5 años-. La facturación total para las otras dos estaciones (Juramento y Congreso de Tucumán) es de $3.150.000 a 20.600 casos, en igual plazo, según consignó Otero.
Hay que tener claro que los contribuyentes que no cumplen con la contribución, al momento de la venta de la propiedad, deben abonarla porque los inmuebles se transfieren hoy libres de deuda. Necesariamente hay que pagar tanto impuestos como esta contribución. Quienes se retrasan en el pago, asimismo, reciben intimaciones para cumplir.
Quiénes van a pagar
Se preparan en la lista de nuevos "contribucionistas" a quienes vivan en torno a las estaciones ya inauguradas, Tronador o Los Incas, de la línea B.
Se estima que las contribuciones se liquidarán el año que viene, porque se requiere un cálculo bastante engorroso para determinar a quiénes afecta y cuánto deben pagar. Se cruza información que provee subterráneos, más información catastral. Luego, se realizan cuentas.
La ley 23.514, de junio de 1987, dispone que el pago se realiza en 5 cuotas, una vez al año. Para que pueda liquidarse y cobrarse, tiene que estar habilitada la estación o el tramo. No se puede cobrar la contribución mientras se está realizando la obra.
No obstante, se enfilan a pagar en los próximos años:
- Línea A: cuatro estaciones. Se trata de Puan, Carabobo, Flores y Nazca. Las obras comenzaron en abril.
- Línea B: dos estaciones. Se prevé la construcción de las estaciones Echeverría y Villa Urquiza.
- Línea E: ampliación. Se extenderá desde su terminal actual en Plaza de Mayo hasta el barrio de Retiro.
- Línea H: comenzó en 2001. Tendrá varias estaciones a lo largo de los 11 km que abarca, desde la zona sur hasta la zona norte.
- Nuevas líneas: el gobierno porteño planifica en una segunda etapa del plan de extensión de la red de subtes la creación de 3 nuevas líneas: F (de Constitución a Plaza Italia), la G (de Estación Retiro al Cid Campeador) y la I (de Emilio Mitre a Plaza Italia). Aún no se informan fechas.
Qué dice la ley
La ley 23.512 del año 1987 crea el Fondo Permanente para la Ampliación de la Red de Subterráneos para la habilitación de nuevas líneas subterráneas o la ampliación de las existentes.
- En su artículo 2º, inc. b), indica que entre los distintos recursos con que contará este fondo se encuentra una contribución de mejoras a cargo de los propietarios de los inmuebles comprendidos dentro de la zona de influencia de cada línea o tramo que se habilite.
- La contribución, dice la ley, "recaerá sobre los inmuebles ubicados dentro de un radio de 400 metros de tránsito directo a la boca de acceso a cada línea o tramo, fueran titulares de dominio o poseedores a título de dueños de los inmuebles alcanzados por la presente contribución".
- Esta contribución, además, "no podrá exceder en ningún caso el 15 por ciento del valor fiscal de la propiedad" (art. 6º) y "se abonará a partir del 1º de enero del año siguiente a aquel en que se habiliten las respectivas líneas o tramos durante 5 años, o bien hasta que el costo total sea cubierto, si ello se produjera en un plazo menor".
Andrea Sambuccetti andreas@infobae.com