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Especialistas reivindicaron la nueva normativa general de la IGJ

Durante una nueva jornada organizada por infobaeprofesional.com, expertos y funcionarios destacaron las bondades del nuevo régimen. Explicaron aspectos clave y fundamentos
04/10/2005 - 11:35hs
Especialistas reivindicaron la nueva normativa general de la IGJ

Durante el Seminario de Derecho Societario, organizado por infobaeprofesional.com, realizado el pasado jueves, destacados profesionales y funcionarios de la Inspección General de Justicia (IGJ) explicaron aspectos clave y fundamentos de la resolución 7/05, que fijó disposiciones generales sobre el tratamiento societario y directivas para actuar ante aquel organismo.

En la primera parte del evento, Eduardo Favier Dubois, ex juez comercial y actual consultor jurí­dico, describió el nuevo panorama a partir de las Nuevas Normas de la IGJ; Jorge Grispo, titular del Estudio Grispo & Asociados, se refirió a los procedimientos y denuncias, y el escribano Norberto Benseñor disertó sobre las normativas registrales.

En tanto, Graciela Junqueira, jefa de la Oficina Judicial de la IGJ, expuso sobre las disposiciones previstas en la resolución 7/05 sobre asociaciones civiles y fundaciones y Hugo Rossi, subinspector del organismo, se refirió a la normativa sobre constitución de sociedades, quienes junto a Nissen integraron el segundo panel.

Ventajas del nuevo régimen
image placeholderAdemás, reivindicó el accionar de la IGJ en materia de control de legalidad, en cuanto el nuevo régimen dispone la verificación de los requisitos formales y sustanciales de los actos a inscribirse.

 


Voces desde la IGJ
En el segundo panel, del que participó el titular de la IGJ, Ricardo Nissen (ver "El 80% de las provincias ya adoptan los criterios de la IGJ"), los expositores desarrollaron aspectos puntuales de las normas generales del organismo, que ampliaron la anterior normativa –resolución 6/80-.

Así­, Junqueira remarcó como un "aspecto positivo" la posibilidad de inscripción de las simples asociaciones como tales y el hecho de que tanto asociaciones vecinales como clubes deportivos "son considerados como sujetos de derecho, estando legitimados, por esta razón, a peticionar ante la IGJ".

image placeholderFinalmente comentó la utilidad de las sociedades de profesionales, consagrándolas como "sociedades de medios", ya que hacen uso de la figura societaria como un instrumento de organización empresaria como forma de organizar y facilitar el servicio profesional, que los socios ofrecen y prestan a los clientes como equipo de trabajo estable y organizado. Remarcó que la nueva normativa dispone que los socios e integrantes de la administración social deben ser exclusivamente profesionales con el tí­tulo habilitante, vigente necesario para brindar los servicios cuya prestación se organiza mediante la constitución de la sociedad.


Pablo Méndez
pmendez@infobae.com