Evasión de impuestos: condenan a prisión efectiva al director de SA
La Sala "B" de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico, integrada por los jueces Carlos Pizzatelli, Marcos Grabivker y Roberto Hornos, condenó a la pena de cuatro años de prisión efectiva por evasión tributaria al director de una sociedad anónima. La evasión de impuestos había alcanzado casi dos millones de pesos.
Además, condenó a una pena de prisión de tres años en suspenso a otra imputada que también conducía la empresa FAECO SA y fue considerada partícipe necesaria en la comisión del delito.
La Sala "B" revocó de esa manera la sentencia absolutoria que había dictado el juez Bernardo Vidal Durand, a cargo del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 1.
Investigación
Los jueces entendieron que los imputados habían efectuado maniobras de abultamiento de gastos mediante notas de crédito a productores y abultamiento de reintegros de IVA mediante notas de crédito a clientes.
Durante la investigación -iniciada a instancias de la DGI- se determinó que la conducta delictiva de la empresa mencionada consistió en "emplear maniobras que permitieron abultar el costo operativo, reduciéndose de esta forma indebidamente las utilidades de la empresa y, en consecuencia, los tributos a ingresar por aquéllas".
Asimismo, se abultaron indebidamente los créditos en materia del IVA, con lo cual se redujo la base imponible de ese tributo. Finalmente, se efectuaron ventas fuera del circuito comercial oficial, razón por la cual se evadieron los tributos que gravan aquellas operaciones.
En cuanto al "modus operandi", el fallo señala que "se libraron supuestas notas de crédito a productores que fueron usadas con el fin de aumentar los costos y, en consecuencia, disminuir las ganancias y el impuesto que las grava; asimismo, mediante el aumento ficticio de los créditos fiscales, se disminuyó indebidamente el saldo a favor de la DGI respecto del IVA".
También se detectó el libramiento de supuestas notas de crédito a clientes, que reflejaban reintegros del IVA, provocando así una merma en el saldo resultante a ingresar por aquel impuesto.
Por intermedio de una cuenta corriente "se registraron egresos que simulaban ser pagos a productores o que encubrían compras y que tendrían como contrapartida una cuenta con influencia en los costos. Detrás de las simulaciones mencionadas pudo detectarse que aquellos egresos, en realidad, correspondían a los pagos necesarios para canalizar posteriores ventas que fueron efectuadas fuera del circuito contable oficial de FAECO SA", señala el fallo.
Las ventas omitidas generaron perjuicio fiscal en lo atinente a los impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias. En tanto, las liquidaciones a productores que habrían sido simuladas implicaron costos ficticios que generaron evasión del Impuesto a las Ganancias.
Impacto social
Al merituar la importancia de las penas aplicadas, Grabivker señaló que "las consecuencias de las conductas por las cuales los imputados fueron acusados en esta causa no se limitan a la magnitud de la suma evadida o adeudada, sino que deben extenderse a los efectos que la evasión impositiva genera en la estructura social".
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María Bourdin
mbourdin@infobae.com