• 17/3/2026
ALERTA

Rechazan la homologación de un APE por omisión de pasivos

Se trata de la propuesta de MONSA SA, la firma de autotransporte público, titular de la lí­nea 60 de ómnibus. La Justicia dijo que no denunció créditos de acreedores judiciales
13/10/2005 - 20:51hs
Rechazan la homologación de un APE por omisión de pasivos

El Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial Nº 13 rechazó la propuesta de Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE) por omisión de denuncia de pasivos, presentada por la empresa de transporte público de pasajeros MONSA SA, titular de la lí­nea 60 de colectivos. La resolución fue apelada, por lo que aún no está firme.

En la medida, dispuesta por el Juzgado Nº 13 el 14 de septiembre último, entendió que hubo una "omisión de pasivos", dado que consideró que la empresa no denunció deudas que ascienden prácticamente al 50% del total, que pertenecen a acreedores judiciales.

Para la juez Alejandra Tevez, el acuerdista "omitió la inclusión en el pasivo computable de determinados créditos que reputó eventuales y litigiosos, lo cual generó la oposición de un importante número de acreedores", entre ellos la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Respecto de la disconformidad planteada por el fisco por "ocultación del pasivo de la sociedad y la exageración del activo", la magistrada rechazó el planteo porque consideró que la AFIP mantiene, a través de la resolución general 970/01, un régimen especial que viabiliza la exclusión del crédito quirografario del cómputo de las mayorí­as en el caso de concurso preventivo o quiebra.

Si bien no existe previsión reglamentaria especí­fica para el APE, "parece razonable pensar que, tratándose de un instituto de naturaleza concursal, la situación es análoga", aseguró Tevez.

Aclaró que la compañí­a puede ser una empresa "socialmente útil y generadora de empleo", por lo que creyó que el acuerdo al que arribó con algunos de sus acreedores puede constituir una "posibilidad de revertir la crisis por la que atraviesa, a consecuencia de la emergencia del sector de autotransporte de pasajeros y el impacto de la liquidación judicial de la compañí­a aseguradora Belgrano Compañí­a de Seguros SA, a la que aquella habí­a confiado la cobertura de sus riesgos".

Frente a ello, ordenó un plazo para que "reformule" el acuerdo para superar deficiencias, bajo apercibimiento de disponer su conclusión y archivo.

En tanto, se encuentra pendiente de decisión una denuncia penal presentada por un grupo de acreedores por presunta comisión del delito de estafa procesal en concurso real con presentación de "balance falso" contra el presidente de la sociedad y el contador.

Ver fallo completo

Pablo Méndez
pmendez@infobae.com