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El proyecto de reforma del Código Penal incluiría aumentos de penas por cortar calles y crea delitos para inmigrantes

El texto aumenta la escala por "detener o entorpecer" la marcha de medios de transporte público y también de privados sin autorización
05/11/2018 - 09:54hs
El proyecto de reforma del Código Penal incluiría aumentos de penas por cortar calles y crea delitos para inmigrantes

El proyecto de reforma del Código Penal que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso aumentaría las penas por cortar el tránsito y crearía el delito de incumplimiento de la prohibición de ingresar al país para los migrantes.

Una comisión encabezada por el camarista federal Mariano Borinsky trabajó el anteproyecto durante un año y medio y buscará que el Código Penal pase de 320 artículos a 540 y sistematice leyes con contenido penal que estaban dispersas.

Según publicó el diario Clarín, el proyecto aumenta la escala penal de un máximo de dos años a entre seis meses y tres años de prisión por "detener o entorpecer" la marcha de medios de transporte público y también de los privados sin autorización.

Con esa redacción el corte no constituiría delito únicamente si interrumpe el tránsito de privados con el permiso del Estado.

A su vez el juez interviniente tendrá que analizar en cada caso la existencia de vías de circulación alternativas, que no se cometan lesiones y daños, que no se impida "el ejercicio de derechos personalísimos" y la urgencia del reclamo, entre otros puntos.

"El delito de interrupción de los medios de transporte resulta compatible con el derecho constitucional a la protesta social", dijo Borinsky y agregó: "Los últimos avances en la jurisprudencia y el derecho comparado exigen considerar restricciones razonables de modo, tiempo y lugar, de manera que se respeten los derechos de todos los individuos afectados".

A su vez, el proyecto de Código Penal incorpora una figura agravada para los migrantes que usan documentación falsa y para quienes incumplan la prohibición de reingresar a Argentina luego de una expulsión por sentencia condenatoria judicial.

Para el último caso contempla prisión de uno a cuatro años; de acuerdo con la normativa vigente no es delito.

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