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Advierten que el monto de los juicios por accidentes laborales supera los u$s5.000 millones

Para la UART hay un exceso de litigiosidad y muchos reclamos fraudulentos, mientras que los industriales se preocupan por la responsabilidad solidaria
05/06/2019 - 08:02hs
Advierten que el monto de los juicios por accidentes laborales supera los u$s5.000 millones

La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) y la asociación Industriales Pymes Argentinos (IPA) manifestaron su preocupación por la cantidad de juicios existentes en el sistema que otorga cobertura por accidentes laborales, el dinero en juego en esos litigios, que se incrementa constantemente por las altas tasas de interés que aplica la Justicia laboral.

Las aseguradoras consideran que hay un exceso de litigiosidad y una sobreestimación de los daños reales que puede haber sufrido un trabajador. Si bien remarcan que la Ley Complementaria sancionada hace dos años por el Congreso ayudó a bajar la cantidad de reclamos en los tribunales, a la par de la baja en la siniestralidad, destacan que hay reclamos por más de u$s5.000 millones, lo que pone en riesgo la funcionalidad del sistema.

En un comunicado de prensa, la UART señaló que "la reforma de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (Ley 27.348) introdujo nuevas herramientas para combatir ese flagelo, como así también contribuyó a poner el foco en absurdos periciales y decisiones judiciales arbitrarias".

"Como todo cambio, sus resultados no se observan de inmediato y en el inicio conviven los aspectos virtuosos, representados por la ostensible caída de las demandas, por el acompañamiento judicial y el de las provincias, con aquellos negativos que se pretende desterrar", agregó.

"Los desvíos respecto de la tabla de medición de incapacidades, Baremo, representarían un adicional de u$s5.000 millones respecto de los valores tarifados por las ART", remarcó la entidad.

En este punto, ejemplificó que un perito médico judicial otorgó 60% de incapacidad por estrés post traumático y 10% de incapacidad por secuelas de orden físico a un trabajador que regresando a su domicilio sufrió un esguince de tobillo y en otro caso, se determinó 12,6% de incapacidad física en tanto que el perito psicológico una incapacidad del 35% para un trabajador que desempeñándose como chofer, tiene un accidente bajando las escaleras y cae sentado.

"Así se suceden diferentes casos disparatados sin asidero lógico", dijo la UART.

"Todo este panorama sigue agravándose por la evolución de las tasas de interés, que al ritmo de las variables económicas, incrementan en forma automática las prestaciones dinerarias de la LRT y a la vez contribuyen a amplificar los absurdos y excesos periciales en el ámbito judicial", enfatizó.

La UART también se manifestó preocupada por la cantidad de reclamos fraudulentos que luego, en la mayoría de los casos, termina en rechazo de la demanda,

"A los aspectos virtuosos de la nueva ley se contrapone, sin embargo, lo burdo de algunos fraudes intentados que finalmente terminan desprotegiendo a los defendidos. En el caso "Cáceres, Fernando Omar c/ Federación Patronal S.A. sobre accidente de trabajo", la sentencia destaca que a simple vista y sin necesidad de realizar un cotejo, la firma del demandante no sólo que no es auténtica sino que además es igual a la del funcionario público otorgante del DNI, es decir a la del Ministro del Interior (a esa fecha Florencio Randazzo)".

"Se ve que en el apuro por presentar la sentencia se falsificó la firma equivocada. Lo torpe de la maniobra concluyó con la decisión del Tribunal del Trabajo N° 1 de declarar inexistente el acto jurídico de demanda", indicaron desde la entidad.

En ese caso no solo se impusieron las costas al letrado representante, sino que se solicitó la intervención de la Fiscalía para comenzar una causa penal y del Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de Avellaneda-Lanús para que se lo sancione.

Con respecto a la aplicación de la Ley 27.348, indicó que siete salas de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo avalaron en respectivos fallos la competencia de las Comisiones Médicas y ocho salas se expidieron favorablemente en la aplicación del Baremo.

En tanto, destacó que "la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires anuló por arbitrario el fallo de la Cámara Nacional del Trabajo que multiplicó por 10, sin razones jurídicas el monto de la demanda por accidente laboral que un empleado, le reclamaba a su empleador".

Las pymes, preocupadas

La cámara que agrupa a los industriales pymes argentinos (IPA) también se mostró preocupada por la cantidad de juicios por accidentes laborales, ya que impacta en su estructura de costos, por el monto de las alícuotas y la posible extensión de la solidaridad en un juicio, lo que en los hechos implica que se hagan cargo de una parte o del todo del monto de la sentencia que condenó a una aseguradora.

"El fenómeno no sólo afecta a las empresas, sino también a los trabajadores, porque la 'industria del juicio' pone en riesgo la vida de miles de empresas y de decenas de miles puestos de trabajo. Además, la alta probabilidad de enfrentar un juicio desalienta la contratación de empleados", destacó.

En un informe, IPA señala que "el objetivo de reducción de accidentes laborales se cumplió con creces (entre 1997 y 2017 los accidentes en la industria se redujeron 36% y las muertes cayeron 58%), pero los juicios contra las ART y los empleadores asegurados se multiplicaron astronómicamente".

Asimismo, indica que "entre 2010 y 2018 se acumularon más de 224 mil demandas contra unas 52 mil empresas industriales, y cerca de la mitad de esos juicios ya tuvieron sentencia, con montos que superan frecuentemente los 2 millones de pesos".

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