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Biocombustibles: los principales puntos del proyecto de ley con media sanción

La iniciativa impulsada por el oficialismo que fue aprobada por la Cámara de Diputados. La oposición votó en contra. Las controversias
02/07/2021 - 10:32hs
Biocombustibles: los principales puntos del proyecto de ley con media sanción

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de biocombustibles, en una votación que resultó con 135 votos a favor, 110 en contra y dos abstenciones, luego de un largo debate que se extendió por más de seis horas.

Al Frente de Todos lo acompañaron los aliados del interbloque Unidad Federal para el Desarrollo, el bloque Acción Federal, y la neuquina Alma Sapag. Pero también votaron a favor la tucumana Beatriz Ávila (Partido por la Justicia Social) y los justicialistas Eduardo "Bali" Bucca y Andrés Zottos.

En tanto, votaron en contra Juntos por el Cambio, el grueso del Interbloque Federal, y los diputados de Izquierda Socialista Juan Carlos Giordano y Mónica Schlotthauer.

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Con los votos del oficialismo y aliados, el proyecto sobre biocombustibles obtuvo media sanción

Puntos principales

La iniciativa busca crear un "Marco Regulatorio de Biocombustibles", el cual comprende todas las actividades de "elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles", industria que esta presente en 10 provincias argentinas a lo largo de 54 plantas productoras.

El nuevo régimen "tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030, pudiendo el Poder Ejecutivo Nacional extenderlo, por única vez, por cinco años más a contar desde la mencionada fecha de vencimiento del mismo", indica.

Según el texto, "todo combustible líquido clasificado como gasoil o diésel oil que se comercialice dentro del territorio nacional, deberá contener un porcentaje mínimo obligatorio de biodiésel de 5%, en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final". De esta manera, se reduce en un 5% el corte con biodiésel, que actualmente está en 10%.

El argumento del oficialismo cuando se critica la reducción del porcentaje es que en la actual ley figura un 5%, pero al 10% se llegó a través de diferentes resoluciones del Ejecutivo desde 2006 en adelante.

Además, en la iniciativa se estima que la Secretaría de Energía podrá elevar o reducir el porcentaje -hasta un 3%- cuando así lo considere, de acuerdo a distintas condiciones del mercado.

En el caso de las naftas, deberán "contener un porcentaje mínimo obligatorio de bioetanol de 12% en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final". En este caso, el porcentaje se mantiene igual que hasta ahora.

El texto indica que el abastecimiento de los volúmenes de bioetanol mensuales para el cumplimiento de la mezcla mínima obligatoria con nafta será bajo los parámetros de un 6% para caña de azúcar y un 6% para el maíz -el cual podría verse reducido hasta el 3% si la autoridad de aplicación así lo considera-.

El proyecto también señala que del total de la eventual reducción del porcentaje de mezcla mínima obligatoria, serán soportados dos tercios por las empresas elaboradoras de bioetanol a base de maíz que desarrollen actividades vinculadas con la exportación de los insumos principales para su elaboración, y un tercio por el resto de las empresas elaboradoras de bioetanol de maíz que se encuentren habilitadas para el abastecimiento del mercado.

Entre otros puntos, se establece que "las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos no podrán ser titulares o tener participación en empresas y/o plantas productoras de biocombustibles".

En la iniciativa se señala que "el abastecimiento de las cantidades de biodiésel mensuales para el cumplimiento de la mezcla mínima obligatoria con gasoil y/o diésel oil será llevado a cabo por las empresas elaboradoras de dicho biocombustible que -ya sea en forma directa, o indirecta a través de sus empresas controlantes y/o controladas- no desarrollen actividades vinculadas con la exportación de biodiésel y/o de sus insumos principales".

Sobre este punto, la autoridad de aplicación deberá "asignar dichas cantidades entre aquellas, a prorrata y efectuando los cálculos en función del equivalente mensual de la capacidad de elaboración anual de cada empresa, con un límite máximo de 50.000 toneladas anuales en el caso de las empresas con escala superior".

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La iniciativa busca crear un "Marco Regulatorio de Biocombustibles", el cual comprende todas las actividades

Precios

En cuanto a la determinación del precio, la adquisición de las cantidades de biodiésel y bioetanol para el cumplimiento de la mezcla mínima obligatoria, deberá ser llevada a cabo por las empresas encargadas de las mezclas a los precios que establezca la autoridad de aplicación de acuerdo a las metodologías de cálculo que ésta determine para cada uno de los productos en cuestión.

Las petroleras "podrán adquirir libremente biocombustibles para obtener mezclas superiores a las del porcentaje mínimo obligatorio vigente, pactando en tal caso el precio y el aprovisionamiento de los productos con las empresas elaboradoras de los mismos, al igual que en los casos en que se lleve a cabo la comercialización de biocombustibles que no tenga por destino la mezcla obligatoria con combustibles fósiles", reza el texto.

Y se añade que las metodologías de cálculo de los precios que implemente Energía "deberán garantizar una rentabilidad determinada por la misma, considerando los costos de los principales componentes de su elaboración y el precio para producto puesto en su planta de producción".

Además, regula sobre infracciones y sanciones a las empresas; dispone que el biodiésel y el bioetanol no estarán gravados por el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y por el Impuesto al Dióxido de Carbono (ICO2); y deja sin efecto todas las disposiciones establecidas en las Leyes 23.287, 26.093 y 26.334, y toda la normativa reglamentaria de las mismas.

También se prevé la creación de una "Comisión Especial de Biocombustibles", que tendrá por finalidad "el estudio y análisis de las posibilidades del sector, la consulta con todos los actores involucrados, así como la formulación de propuestas y proyectos para la industria".

Dicha Comisión estará presidida por la autoridad de aplicación y participarán de la misma los Ministerios de Economía, Ciencia y Tecnología, Desarrollo Productivo, Ambiente, Agricultura, Secretaría de Energía, la que será asistida por un Consejo de las Provincias Productoras de Biocombustibles, "quien tendrá la función de la elaboración del Plan Estratégico para el Desarrollo de Biocombustibles en Argentina, con el fin de impulsar en forma integral y sistémica el desarrollo de biocombustibles en el país, incorporando los aspectos económicos, territoriales, ambientales y sociales".

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